Política

Referéndum sobre eliminación de inmunidad parlamentaria no tiene que realizarse en 90 días

El constitucionalista Omar Cairo sostiene que tomar como antecedente el último referéndum constitucional no es pertinente porque se refiere a una situación de normalidad y hoy estamos en pandemia.

Referéndum sobre eliminación de inmunidad parlamentaria no tiene que realizarse en 90 días
Referéndum sobre eliminación de inmunidad parlamentaria no tiene que realizarse en 90 días

Ante posturas que consideran que el referéndum para ratificar o no la aprobada eliminación de la inmunidad parlamentaria debe realizarse en noventa días tal como ocurrió con el último referéndum, el constitucionalista Omar Cairo señaló que este antecedente no es pertinente. Esto, porque esa consulta se dio en una situación de normalidad que hoy no existe debido a la pandemia de la COVID-19.

“Los antecedentes sirven para regular situaciones similares y la actual situación es inédita no solo en el país sino a nivel mundial”, anotó.

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También comentó que esta reforma constitucional que elimina por completo la inmunidad parlamentaria establece que los delitos extra funcionales de los congresistas cometidos durante su periodo van a ser procesados por la Corte Suprema. Es decir, ya no hay inmunidad que levantar. Por consiguiente, los delitos perpetrados antes del ejercicio de sus funciones serán procesados no por la Corte Suprema sino por los jueces especializados penales.

Asimismo, señaló que la norma consagra una extensión de la prohibición del procesamiento de los parlamentarios (inviolabilidad), que antes solo se refería a los votos y opiniones.

“La inviolabilidad quiere decir que no se puede procesar de ninguna manera a un congresista, eso hasta el día de hoy operaba solo en relación con los votos y opiniones en el ejercicio de sus funciones. Ahora se ha extendido a cualquier acto funcional del parlamentario. Pero eso no debe llevar a confusión y creer que si un legislador extorsiona a una persona para investigarla o no investigarla, eso es un acto funcional. No es un acto funcional, es un delito común”, subrayó.

Finalmente, indicó que si la norma se ratifica por referéndum, va a ser obligatoria e inmediata. Entonces, una vez que la norma ratificada se publica en El Peruano, al día siguiente los congresistas en funciones y los que sean elegidos en el 2021 pierden la inmunidad porque esta desaparece de la Constitución.

“Inclusive si por razones de la pandemia demora el plazo y el referéndum se realiza ya elegidos los parlamentarios del 2021, igual. Los parlamentarios elegidos pierden la inmunidad porque la eficacia de la norma es inmediata”, refirió el constitucionalista Omar Cairo. 

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