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Política

Advierten vacíos en reforma sobre filtro electoral

Cuestionamientos. La abogada Beatriz Ramírez dice que no se debió haber puesto la condición de que las penas superen los 4 años para prohibir las postulaciones. Su colega Roberto Pereira dice que debería reforzarse el sistema de información del Estado.

La reforma constitucional aprobada en la Comisión de Constitución para que los sentenciados en primera instancia por delitos con penas mayores a los cuatro años no puedan postular a cargos de elección popular no incluye a quienes hayan cometido delitos comprobados y serios, aunque no implican cárcel. Así lo advirtieron especialistas consultados por este diario.

En ese sentido, el abogado penalista Roberto Pereira mencionó a la exposición de menores de edad al peligro. La también abogada y docente universitaria Beatriz Ramírez se refirió a la agresión contra mujeres (violencia verbal o golpes). Ambas figuras suponen condenas de tres años (sin carcelería). Es decir, sentenciados por esos delitos podrían participar en elecciones.

Ramírez comentó que el camino elegido en el Congreso resulta ser un “camino intermedio” entre prohibir las candidaturas de personas procesadas (con un juicio abierto) o con una condena consentida o ejecutoriada (habiéndose agotado todas las instancias posibles).

Para Ramírez, si se optó en la comisión del Congreso por separar de las elecciones a los sentenciados en primera instancia, no se debió contemplar la condición de que solo aplique a partir de los cuatro años de pena. Esto porque, según explicó, contrario a lo que se cree el número de condenados en el Perú no es muy alto.

Dicho de otro modo, que un juez decida que alguien es culpable a la luz de las evidencias ventiladas en un proceso, de por sí ya es una "valla bastante alta". "Imagine a una persona violenta que golpea e insulta a su pareja. Para esa agresión contra mujeres el castigo es de tres años. Eso significaría que igual podría postular pese a su calidad de condenado", dijo.

“Es peligroso”

Por su parte, Pereira indicó que el proyecto –que deberá ser debatido y votado en el Pleno– puede significar un antecedente peligroso, "a pesar de que las intenciones sean las mejores".

El argumento de Pereira es el siguiente: a partir de ahora, podrían colocarse barreras adicionales a la postulación de personas. En cambio, lo ideal, sería que los sistemas de información del Estado funcionen de una manera adecuada, a fin de que los ciudadanos estén prevenidos de los antecedentes de quienes aspiran a ocupar un cargo público. "La solución a los accidentes de tránsito no pasa por prohibir los autos. Por ejemplo, la Sunat se sabe tu vida, ¿por qué no se amplía el sistema de información para cosas justificadas como un proceso electoral?", preguntó Pereira.

Por tratarse de una reforma constitucional, se necesita que esta sea aprobada en dos legislaturas, por 87 votos. Para que tenga efectos en los comicios del 2021, la primera ronda tendría que darse antes del 5 de julio.

Lo que dice el proyecto

Se aprobó el martes en la Comisión de Constitución por 17 votos a favor.

ley reforma

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Roberto Pereira: “¿Y los de segunda instancia?”

Roberto Pereira también advirtió que dado que en la reforma votada en la Comisión de Constitución se especifica que la prohibición para postular (y ejercer cargos de confianza) es para quienes cuentan con una condena en primera instancia, se estaría dejando la vía libre para quienes tienen una condena en segunda instancia.

“Parece algo absurdo, claro. Este es en el fondo un problema de técnica legislativa. Un congresista tiene que ser bastante fino. Si vas a regular, debes hacerlo bien. Esto es como el alcalde que no puede postular a una reelección porque aquella se encuentra prohibida, pero le da vuelta al asunto y se presenta en el proceso como teniente alcalde”, señaló.

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Profesión; periodista. Doctor por la Universidad de Salamanca (Instituto de Iberoamérica).