Política

Ejecutivo eximió a clínicas de estar a disposición del Minsa durante la pandemia

Nuevo decreto supremo que amplía el aislamiento social no incluye que los nosocomios privados estén a disposición del Estado durante la emergencia sanitaria. El anterior sí lo disponía.

La polémica sobre los cobros excesivos de las clínicas durante la pandemia del coronavirus no pasó de desapercibido en el Ejecutivo. Y eso se habría visto reflejado en el borrador del Decreto Supremo 094-2020-PCM sobre la ampliación del estado de emergencia.

El texto inicial del DS incluía la intervención de clínicas hasta el 30 de junio, fecha en que culmina la ampliación de las medidas de contención contra el coronavirus. Básicamente la misma disposición estipulada en el Decreto Supremo 044, emitido el 16 de marzo con la primera declaratoria de emergencia.

En el artículo 5 del borrador del decreto, según Útero.pe, respecto a las medidas orientadas reforzando el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional, se evaluó mantener esa ordenanza, que hasta la fecha aún no se cumplía por la falta de acuerdos entre privados y el Estado sobre las tarifas a cobrar por atender a pacientes contagiados, derivados de nosocomios públicos.

“Todas las entidades públicas, privadas y mixtas sanitarias del territorio nacional, así como los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedan bajo la dirección del Ministerio de Salud para la protección de personas,bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza”, decía el artículo 5.1 del borrador del DS 094 y del DS 044.

Sin embargo, al final, cuando el DS 094 fue publicada el sábado 23, se eliminó ese subcapítulo. Solo se ciñeron al incremento de la oferta hospitalaria en un plazo no mayor de siete días hábiles frente a la demanda de pacientes con COVID- 19.

El día posterior a la publicación del decreto, el ministro de Salud, Víctor Zamora, en entrevista a La República, respondió que era imposible regular los cobros de las clínicas durante la pandemia.

“Lamentablemente nosotros, por nuestra Constitución, no podemos controlar los precios, pues esta previene la intervención sobre los precios del mercado”, refirió.

Esta respuesta fue luego que este diario público el viernes 22 un reportaje que revela que, en promedio, las clínicas cobran, durante esta pandemia, S/ 80 mil para que un paciente con coronavirus pueda ser internado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

El informe demostró inclusive que no se estaba aplicando el intercambio prestacional de servicios de salud con el sector privado, pese a que el Decreto Legislativo 1466, publicado el 20 de abril, lo facultaba.

“Nosotros esperábamos que con el decreto para el intercambio prestacional se hubiese podido impactar en el precio del mercado privado, sin embargo, ese no fue nuestro principal objetivo, sino que hubiera prestacional entre los dos brazos sanitarios más grandes del país, Essalud y Minsa. Era imposible antes que Essalud pusiese una persona hospitalizada en Minsa y viceversa”, dijo el ministro de Salud al respeto.

No obstante, este diario consultó con el presidente de la Asociación de Clínicas Particulares (ACP), Alejandro Langberg, quien respondió que el intercambio prestacional con privados no se estaba aplicando porque desde la fecha en que se emitió el decreto legislativo, Essalud y el Seguro Integral de Salud (SIS) no se ponían de acuerdo con ellos respecto a que tarifa de atención iba pagar el Estado por derivar pacientes con coronavirus en esta emergencia.

Por su parte, Langberg respondió que los cobros de las clínicas no son exorbitantes, alegando que el incremento de precios se debe a que también aumentaron los costos de insumos y el pago al recurso humano.

Borrador del decreto de ampliación del estado de emergencia.

Decreto Supremo 094-2020-PCM publicado el sábado 23

Decreto Supremo que declaró estado de emergencia el 16 de marzo

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