Política

Plantean que jueces revisen de oficio prisiones preventivas

De urgencia. Iniciativa del Poder Ejecutivo se emitirá en próximas 48 horas. Se aplicaría a procesados por delitos menores y magistrados determinarían si les conceden comparecencia simple o con restricciones.

Fernando Castañeda aseguró que él mismo revisará que se cumplan las medidas dentro de los penales. Foto: Andina.
Fernando Castañeda aseguró que él mismo revisará que se cumplan las medidas dentro de los penales. Foto: Andina.

El Poder Ejecutivo tiene lista una norma que obliga a los jueces a revisar de oficio las prisiones preventivas por delitos no graves, como una medida urgente que permita la excarcelación de unos 10 mil presos, y así disminuir el hacinamiento y el riesgo de contagio del nuevo coronavirus en los penales del país.

Lo que falta definir aún era la forma de aprobación de la norma, ya sea a través de un Decreto legislativo en virtud de las facultades legislativas que tiene el Ejecutivo, o este lo remite como proyecto de ley al Congreso para su aprobación con carácter de urgencia, adelantó el ministro de Justicia, Fernando Castañeda, a La República.

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La duda surgió por la respuesta que en marzo pasado dio el Parlamento al gobierno de Martín Vizcarra indicando que este no podía emitir mecanismos que incidan en la situación jurídica de los presos.

“No queremos ningún tipo de controversia con el Parlamento sobre si estamos facultados o no para emitir esos mecanismos. Somos respetuosos de los fueros, por eso estamos haciendo las evaluaciones necesarias, pero lo que es seguro es que se tomará la decisión en menos de 48 horas. Si finalmente se tiene que remitir el proyecto de ley al Congreso, estamos seguros que lo debatirán con suma urgencia” , sostuvo Castañeda.

El titular del Minjus indicó que es facultad del juez decidir cuándo revisa la situación jurídica de un procesado, pero si se aprueba la nueva norma será un deber que tendrá que cumplir de oficio, es decir, sin una solicitud del interesado, siempre y cuando este cumpla determinados requisitos.

Sobre este último, detalló que el procesado no debe tener investigaciones por delitos graves como corrupción, violación sexual, crimen organizado, sicariato, reglaje, tráfico ilícito de drogas agravado, organización en banda, terrorismo y feminicidio, entre otros.

“La norma establece la obligación funcional de los jueces para revisar de oficio las detenciones preventivas y determinar la comparecencia simple o con restricciones, siempre respetando su autonomía”, precisó el titular del Minjus.

Hasta ayer eran 60 los internos que fallecieron por el coronavirus, mientras los contagiados sumaban 898. Entre los trabajadores del Instituto Nacional Penitenciario suman 295 los que han dado positivos al Covid-19.

También para infractores

El ministro Castañeda señaló que se prevé también aplicar la nueva norma a los menores con detención preventiva de los Centros Juveniles de Readaptación Social, aunque reconoció que este grupo apenas alcanza el 21% de la población infractora. El 79% restante está sentenciada.

Por esta razón dijo que ha sido más factible el trabajo de revisión de expedientes para indultos y la próxima semana se entregará este beneficio a varios jóvenes infractores.

También han logrado su excarcelación, en el marco de las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria, 329 hombres que cumplían condenas por omisión familiar tras cumplir con el pago de sus deudas.

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