Política

Coronavirus: Gobierno autoriza bono de S/ 3.000 para personal de salud

A través del Decreto de Urgencia 039-2020, se dispuso, además, que se permita programar ampliaciones de turno para servicios complementarios en establecimientos de salud priorizados.

minsa
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El Gobierno aprobó la entrega de una bonificación extraordinaria mensual de S/ 3.000 para el personal sanitario que viene tratando a los pacientes contagiados con el coronavirus. Mediante el Decreto de Urgencia 039-2020, se especifica que dicho incentivo “no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeto a cargas sociales”.

El DU indica que este bono está dirigido para “los médicos residentes ingresantes en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017, que actualmente se encuentren cursando el tercer y cuarto año de las especialidades de Medicina Intensiva o Medicina de Emergencias y Desastres”, y que se encuentren prestando servicios en los establecimientos de salud priorizados durante el estado de emergencia.

La lista de estas unidades de salud priorizadas, destinadas a atender pacientes diagnosticados con COVID-19 tanto en Lima Metropolitana como en las regiones, deberán ser publicadas por el Ministerio de Salud (Minsa) dentro de siete días calendario, así como la Unidad Ejecutora a la que pertenecen, el número de camas en Unidades de Hospitalización y Cuidados Intensivos.

Acabado dicho plazo, el Minsa está facultado para modificar la relación de establecimientos a través de Resolución Ministerial, para fines de actualización.

Por otro lado, se autorizó que los establecimientos médicos que se registren en esta nómina programen ampliaciones de turno “para servicios complementarios en salud, de hasta 12 horas por día y por hasta 8 turnos al mes, para la atención de casos sospechosos o confirmados de COVID-19”, sin necesidad de una suscripción de convenio.

Las solicitudes de desplazamiento se harán efectivas de inmediato, y las acciones administrativas correspondientes para hacerse formal la autorización de la rotación quedan a responsabilidad de las Unidades Ejecutoras de origen, las cuales cuentan con un plazo máximo de cinco días contados desde el día siguiente de efectuada la solicitud para realizarlas.

El ministro de Salud, Victor Zamora, aplaudió esta última disposición, pues permitirá que los profesionales de salud se desempeñen en más de un establecimiento. “La prioridad es la salud de nuestra gente”, puntualizó.

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