Política

Keiko Fujimori: PJ dejó al voto pedido de Giulliana Loza para recusar al juez Zúñiga Urday

Abogada de Keiko Fujimori afirma que magistrado actúa con imparcialidad mientras que Fiscalía asevera que nuevo pedido de prisión preventiva contra lideresa fujimorista respeta el fallo del Tribunal Constitucional.

La prisión preventiva contra Keiko Fujimori debería culminar en abril de 2019, pero podría salir antes si así lo decide el TC. Foto: La República.
La prisión preventiva contra Keiko Fujimori debería culminar en abril de 2019, pero podría salir antes si así lo decide el TC. Foto: La República.

Keiko Fujimori. Este lunes, la Segunda Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial dejó al voto el pedido de recusación presentado por la abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza, en contra del juez Víctor Zuñiga Urda, integrante del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria y encargado de evaluar el nuevo pedido de prisión preventiva presentado por la Fiscalía.

Asimismo, la defensa de fujimori afirmó “dudar de la imparcialidad del magistrado de primera instancia” al declarar instalada la audiencia del nuevo pedido de prisión preventiva del Ministerio Público contra la lideresa de Fuerza Popular (FP) por el caso Odebrecht.

“Nosotros fuimos notificados el día 13 de diciembre del presente año de la resolución número 47, que es la que nos trae en recusación en este punto. La resolución cita audiencia de prisión preventiva en contra de mi patrocinada Keiko Fujimori Higuchi y consideramos que aquí se está afectando gravemente el derecho de imparcialidad”, manifestó Loza ante la audiencia presidida por el juez César Sahuanay.

Cabe recordar que el último viernes, el partido fujimorista también sustentó una recusación para apartar al mismo juez Víctor Zúñiga ante la Sala de Apelaciones que preside Sahuanay. Asimismo, la abogada consideró que el juzgado que evalúa el caso de Fujimori le “está dando validez, legalidad y vigencia indebida al requerimiento de prisión preventiva del 19 de octubre del año 2018 a través de un escrito titulado ampliación de fundamentos”.

De igual manera, Loza Ávalos argumentó que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) para la liberación de Keiko Fujimori “dejó sin efecto” los pedidos de prisión preventiva que se impusieron en su momento por el juez Richard Concepción Carhuancho.

“Lo que el juez ha hecho es que, indebidamente, se le ha dado validez y vigencia a un requerimiento de hace más de 14 meses e incluso el propio fiscal ha insistido en que estamos en el mismo requerimiento y todos sus anexos que dieron lugar a la audiencia que le impuso prisión preventiva en octubre del 2018 a la señora Keiko Fujimori Higuchi”, expresó Loza.

Al contrario de lo que afirma la abogada, la Fiscalía defiende que el TC ha declarado nula las decisiones de prisión preventiva de los jueves Carhuancho, Sahuanay y de la Corte Suprena, pero no ha emitido pronunciamiento sobre el pedido inicial de prisión preventiva contra Fujimori en octubre del 2018.

En efecto, el Ministerio Público, a través del fiscal Reggis Chávez Sánchez, manifestó en la audiencia que la resolución 47, cuestionada por la defensa de la hija de Alberto Fujimori, fue emitida por el juez “en plena coherencia con lo resuelto por el Tribunal Constitucional […] en el proceso de hábeas corpus que impulsó” Sachi Fujimori.

“Si ustedes revisan el mandato adoptado por mayoría en el Tribunal Constitucional, este tiene la virtud de estimar la demanda de hábeas corpus y declarar nulas las resoluciones judiciales que en primera instancia y también en instancia casacional o extraordinaria, el Poder Judicial adoptó disponiendo la prisión preventiva de la señora Fujimori Higuchi. En ningún momento el TC, de manera expresa si quiera de manera explícita se ha pronunciado en esa sentencia por la nulidad o mejor dicho por la insubsistencia del requerimiento de prisión preventiva”, aseguró Chávez.

En esa misma línea, el representante de la Fiscalía explicó que el fallo del TC retrotrajo “las cosas al estado anterior a la emisión de las resoluciones anuladas”, devolviéndole la libertad a Keiko Fujimori bajo esa condición.

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Es así que el requerimiento actual no solo incluye a Fujimori Higuchi por el delito de lavado de activos, sino también asociación ilícita para delinquir, organización criminal, obstrucción a la justicia, falsa declaración en proceso administrativo, fraude procesal y falsedad genérica.

Cabe mencionar que la Sala de Apelaciones de Sahuanay es la misma que apartó a al juez Carhuancho en enero de este año, pero ratificó a Víctor Zúñiga en junio del 2019 en el caso Cócteles ante otros pedidos de recusación.