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Empresas deberán suspender actividades ante posible contagio de coronavirus

El Ministerio de Trabajo anunció que avalará el cese de labores de las empresas en las que exista un gran riesgo de contagio de COVID-19 entre los trabajadores.

En diversos países del mundo se han suspendido toda una serie de actividades públicas por el coronavirus. Foto: EFE
En diversos países del mundo se han suspendido toda una serie de actividades públicas por el coronavirus. Foto: EFE

El Ministerio de Trabajo ha dado a conocer este miércoles una nueva guía para las empresas frente a los nuevos contagios de coronavirus en España. La medida principal es “abandonar de inmediato el lugar de trabajo” en caso de presentarse algún infectado que ocasione un “peligro de grave, inminente e inevitable” contagio al resto de trabajadores.

Si se confirma algún infectado en las empresas, además de aplicar protocolos de seguridad sanitaria, deberán “informar lo antes posible” a las autoridades. Cabe destacar que el cierre de las compañías es una “medida extrema”, según indicó la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. La directriz será puesta en marcha solo para “situaciones de elevado riesgo”.

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“Esperemos que no tenga que llegar a aplicarse, pero el gobierno tiene que prever todas las situaciones. […] Mando un mensaje de tranquilidad, no está pasando nada”, refirió la ministra.

Asimismo, las empresas que decidan suspender sus actividades a totalidad o de manera parcial deberán regirse por el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, y tomar también en cuenta el reglamento sobre despidos colectivos y suspensión de contratos y reducción de jornada laboral. Esto debido a que, de acuerdo con la guía, la para se sustenta en “la escasez o falta de aprovisionamiento o el descenso de la demanda”.

Debe entenderse como causas de fuerza mayor la inasistencia por enfermedad o encontrase en aislamiento una gran cantidad de trabajadores que implique el normal desarrollo de las tareas. Otra de las causas será debido a “decisiones de la autoridad sanitaria” que vean obligado el cierre.

La autorización para la suspensión de labores en una compañía deberá recibir la aprobación del Ministerio de Trabajo. Además, deberá ser decisión también por la mayoría de empleados, el comité de la empresa o delegados de prevención.

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