Parejas de afiliados de EsSalud pueden recibir beneficios del seguro social: estos son los requisitos para inscribir esposos y convivientes
Los requisitos y documentos varían según el tipo de seguro de EsSalud: regular o potestativo. Además, los afiliados deben conocer los pasos necesarios para realizar este trámite de manera efectiva.
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Los trabajadores afiliados al Seguro Social de Salud (EsSalud) sí pueden añadir a sus parejas a la cobertura médica de la entidad. Para ello, deben presentar el Formulario N° 1010, junto con otros documentos que validen su relación. Además, los requisitos de la afiliación pueden variar según el tipo de seguro al que estén suscritos.
La inscripción de la pareja de los trabajadores en el seguro no es la misma para todos, ya que existe el seguro regular (+Seguro) y el seguro potestativo (+Salud). Incluso, el proceso de afiliación considera si la pareja del trabajador es su cónyuge o concubino. A continuación, se detallan los documentos necesarios y los pasos a seguir para llevar a cabo este trámite de manera efectiva.
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¿Qué se necesita para asegurar a mi cónyuge en EsSalud?
El Seguro Social de Salud informa que los afiliados al seguro regular deben presentar una serie de documentos específicos para poder incluir a su cónyuge en la cobertura médica, los cuales son:
- Formulario N°1010 (clic aquí) llenado y firmado por el asegurado titular y/o cónyuge.
- Copia simple del acta o partida de matrimonio civil, con una antigüedad no mayor de seis meses,
La entidad resalta que existen alternativas al acta o partida de matrimonio civil, por lo que puede ser un formato de declaración jurada en caso de matrimonio celebrado en Perú o una copia simple del acta o partida de matrimonio, legalizada por el consulado peruano del lugar donde se celebró el acto.
En cambio, los trabajadores que cuenten con el seguro potestativo deben entregar una copia simple del acta o partida de matrimonio civil, la cual tiene que ser reciente, con una antigüedad no mayor a seis meses, o presentar una declaración jurada.
¿Cómo me puede asegurar mi pareja si no estamos casados?
Para acceder al seguro regular del Seguro Social de Salud, es fundamental presentar el Formulario N° 1010, el cual debe ser debidamente completado y firmado tanto por el asegurado titular como por su concubino. Asimismo, es necesario incluir una copia simple del documento que valide la unión de hecho, ya sea a través de una resolución judicial o de una escritura pública.
En el caso de los afiliados al seguro potestativo, EsSalud establece que únicamente se requiere la entrega de una copia simple del reconocimiento de la unión de hecho, que también puede ser por resolución judicial o escritura pública.
¿Cómo puedo registrar a mi pareja en mi seguro social?
Los trabajadores que posean el seguro regular del Seguro Social de Salud deben presentar los formularios debidamente completados y firmados a su empleador, quien se encargará de gestionar la habilitación de la pareja. La afiliación se realiza de manera automática una vez que el empleador entrega toda la documentación requerida. La cobertura del seguro entrará en vigencia tras tres meses de aportes.
Los afiliados del seguro potestativo tienen la opción de dirigirse a las oficinas de seguros y prestaciones económicas más cercanas o al Centro de Mejor Atención al Ciudadano (MAC) para gestionar la inscripción de su pareja. Es fundamental que el trabajador presente un formulario correctamente llenado, su contrato firmado y los documentos de identidad del afiliado, así como de los dependientes que se deseen incluir.
Al finalizar el proceso, se proporcionará al afiliado del Seguro Social de Salud una declaración jurada de salud que deberá ser completada y firmada, que incluyen a sus dependientes o familiares. Este trámite representará la culminación oficial de la afiliación.
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