¿Cuánto recibiré de CTS si gano S/1.025? Descubre cómo calcular el monto que te corresponde
El retiro de las CTS se prevé como inminente: solo falta la aprobación de la presidenta Boluarte. En La República te enseñamos cómo calcular el 100% de tu desembolso.
El desembolso de las CTS parece que tendrá la misma suerte que la AFP en Palacio de Gobierno. El día 2 de mayo, el Congreso de la Republica debatió en el Pleno la Ley extraordinaria que habilita el desembolso del 100% de las CTS. Esta propuesta fue desarrollada por la Comisión de Trabajo y paralelamente por la de Economía. La ley fue aceptada por mayoría: obtuvo 98 votos a favor, 9 en contra y 1 abstención. Solo faltaba que el presidente del Congreso, Alejandro Soto, firme la autógrafa para que este archivo vaya directo al despacho de la presidenta Dina Boluarte.
Ese mismo día, Alejandro Soto mostró ante la prensa el proyecto ley firmado de su puño y letra, asegurando de que esta ley iba directo al despacho de la presidenta Boluarte. En la actualidad, se espera solo la aprobación del Poder Ejecutivo para que den pase al desembolso del 100% de la CTS de, por lo menos, 4.000 millones de peruanos. No debe demorar más de 15 días, sino regresará al Congreso de la República para que las comisiones encargadas y el Pleno vuelvan a replantear y aprobar por insistencia. El último paso es que se publique en El Peruano y que cada empresa legalizada empiece a asistir las solicitudes de sus trabajadores.
Ante este panorama que se plasma como verdadero, los ciudadanos se preguntan: ¿cuánto recibiré de mis CTS?, y más si su sueldo es el mínimo, que equivale a S/1.025. En este artículo de La República, te contamos cómo calcular tu CTS.
¿Qué cálculo debo hacer?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es el depósito que se realiza dos veces al año, siendo mayo y noviembre los meses en que el empleador beneficia con un adicional a su trabajador. Este monto se va juntando a lo largo de los meses desde el último desembolso natural de este sistema de compensación.
En casos extraordinarios, como los que nos encontramos, las CTS también sirve para que cuando la persona que ha estado en planilla se encuentre desempleada, pueda subsistir unos meses con lo recolectado en su CTS.
Para esta ocasión, si la Ley extraordinaria del Congreso llegase a ser aprobada por el Poder Ejecutivo, el desembolso sería del 100%, teniendo como fecha límite de solicitud el 31 de diciembre; es decir, dependiendo de cuándo solicites el retiro, debes de contabilizar desde la última gratificación (noviembre del anterior año y mayo de este año), hasta el día en que hagas la petición. Pero, ¿cómo sería si tengo un sueldo mínimo? Hagamos los cálculos.
Tenemos S/1.025 soles como contrato. Este monto debemos sumarlo con la sexta parte de nuestra gratificación última (S/170 soles redondeando) que hemos obtenido, pensemos, en noviembre del año pasado. Ahora tenemos S/1.195, que luego multiplicaremos por 6, teniendo un resultado de S/7.170. Todo este resultado debemos dividirlo entre 12 y nos da el resultado de S/597.50 del 100% de una CTS de un trabajador que perciba sueldo mínimo.
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MEF: ¿por qué no está de acuerdo José Arista?
Cómo indicamos, las CTS son un fondo que también sirve para los profesionales que han estado en planilla y que ahora se encuentran desempleados, puedan tener una pensión mientras buscan nuevo empleo. El ministro de Economía, José Arista, ante ello, tomó una postura contraria a la voluntad del Congreso.
"(...) Aprovecho esta tribuna para invocar al Congreso a que esta norma referida al retiro de la CTS sea respetando un mínimo, que yo estimo debería ser cuatro meses de desempleo. Como ustedes saben, la compensación por tiempo de servicios permite a un profesional mantener ingresos en el tiempo en que está cambiando de trabajo, el promedio es de cuatro meses. Yo pediría al Congreso que autorice con un piso mínimo de cuatro meses", exhortó Arista.