Economía

FONAVI 2024: presentan proyecto de ley para optimizar la devolución de aportes, ¿en qué consiste?

Ante los problemas en la devolución parcial del dinero a los fonavistas, la parlamentaria María Acuña plantea ampliar la metodología de este proceso y optimizarlo. A continuación, conoce los alcances de esta propuesta legislativa.

Propuesta legislativa plantea que la Comisión Ad Hoc debe tener un padrón actualizado de fonavistas, considerando el valor real de la deuda. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina/Congreso
Propuesta legislativa plantea que la Comisión Ad Hoc debe tener un padrón actualizado de fonavistas, considerando el valor real de la deuda. Foto: composición de Jazmin Ceras/LR/Andina/Congreso

En diciembre de 2023 se inició la devolución parcial de los aportes a los miles de trabajadores que contribuyeron al extinto Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). En total, existen 20 listas de beneficiarios, 71.000 de la 1 al 19 y 64.272 adultos mayores de la nómina 20, que vienen participando de este proceso y está previsto que, para marzo, se sume un nuevo grupo para el reintegro de su dinero.

Sin embargo, se han presentado una serie de quejas vinculadas a los montos, fechas y el número de beneficiarios excluidos. En esa línea, la congresista de Perú Libre, María Acuña, ingresó a trámite documentario un proyecto de ley para ampliar la metodología de devolución de los montos descontados a los fonavistas. A continuación, conoce los principales alcances de esta iniciativa legislativa.

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Proponen optimizar la devolución de aportes del Fonavi: ¿de qué trata?

El último viernes 1 de marzo, la parlamentaria María Acuña, de la bancada Perú Libre, presentó el proyecto de ley 7168/2023-CR que busca ampliar las alternativas para la devolución del dinero del Fonavi. Dicha propuesta modifica el artículo 7 de la Ley 29625, en la que se indica que en la reglamentación se debe detallar el procedimiento por cada modalidad de devolución, hasta por el total de los valores notificados en los Certificados de Devoluciones de Aportaciones y Derechos del fonavista. Estas serán:

  1. Devoluciones en viviendas de interés social
  2. Devoluciones en terrenos urbanizados de interés social
  3. Devoluciones en efectivo
  4. Devoluciones en bonos
  5. Devoluciones en compensaciones tributarias
  6. Devoluciones en pagos compensatorios de deudas
  7. Devoluciones en acciones de empresas del Estado.

¿Cómo sería la devolución de aportes del Fonavi? Esto dice el proyecto de ley de María Acuña

El proyecto de ley de la parlamentaria Acuña también modifica el artículo 10 de la "Ley de devolución del dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo". En ese sentido, la Comisión Ad Hoc debe utilizar este procedimiento:

  1. Tener un padrón actualizado de fonavistas, considerando el valor real de la deuda.
  2. Realizar un procedimiento virtual para que cada fonavista elija una de las formas de devolución descritas en el artículo 7 y así establecer el monto de deuda por cada modalidad.
  3. Hacer público el resultado acumulado por cada modalidad.
  4. Coordinar con la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía, las acciones a realizar por cada modalidad escogida.
  5. Atender en forma prioritaria a las personas mayores de sesenta años, a las registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a las que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o deudos.

Otra de las modificaciones que busca la propuesta legislativa de la congresista María Acuña es incorporar una Tercera Disposición Complementaria Final en la Ley 29625. Dichos cambios están vinculados con las modalidades de devolución para los fonavistas, en los que se precisan que las diferentes instituciones gubernamentales cuentan con un plazo de 90 días para delimitar un cronograma de acciones y estrategias a realizar:

  1. Para la modalidad de devolución en Viviendas de Interés Social, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  2. Para la modalidad de devolución en Terrenos Urbanizados de Interés Social, la Superintendencia de Bienes Nacionales establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  3. Para la modalidad de devolución en Efectivo, el Ministerio de Economía y Finanzas establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  4. Para la modalidad de devolución en Bonos, el Ministerio de Economía y Finanzas establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  5. Para la modalidad de devolución en Compensaciones Tributarias, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  6. Para la modalidad de devolución en Pagos Compensatorios de Deudas, el Ministerio de Economía y Finanzas establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar.
  7. Para la modalidad de devolución en Acciones de Empresas del Estado, el Fondo Nacional de Financiamiento de la actividad empresarial del Estado (FONAFE) establece en un plazo de 90 días establece el cronograma de acciones y estrategias a realizar, para la factibilidad de la emisión de títulos valores y transferencia de acciones de las empresas estatales.

Finalmente, respecto a la modalidad de pago por transferencia de acciones de empresas del Estado, se establece que en ningún caso estas podrían sobrepasar el 49% del total de sus acciones.

LINK del Fonavi 2024: ¿cómo saber si estás en la lista de beneficiarios?

  1. Entra al Módulo de Consulta del Estado de Registro en la página web de la Secretaría Técnica del Fonavi.
  2. Verifica las opciones que se presentan. Por ejemplo, si deseas conocer si formas parte del Grupo de pago 20, consulta con tu DNI AQUÍ.
  3. Si integras los grupos del 1 al 19 y quieres averiguar con tu DNI si te corresponde cobrar, dale clic a ESTE ENLACE.
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