Economía

Indecopi multa a Ishop con más de medio millón de soles por publicidad engañosa sobre iPhone 11 y 11 Pro Max

La empresa habría asegurado en un anuncio audiovisual que los citados equipos eran resistentes al agua, cuando en realidad no era cierto.

Sanción es en primera instancia, es decir, la empresa aún  puede apelar. Foto: Andina
Sanción es en primera instancia, es decir, la empresa aún puede apelar. Foto: Andina

El Indecopi a través de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) sancionó a la empresa Tiendas Ishop del Perú S.A.C. (Ishop) con una multa de 111 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 549.450 por difundir publicidad engañosa, asegurando que los equipos iPhone 11 y 11 Pro Max eran resistentes al agua, cuando en realidad no era cierto.

La entidad señala que según la Resolución Nº054-2023/CCD-INDECOPI de fecha 2 de mayo de 2023, Ishop difundió publicidad engañosa, a través de un anuncio audiovisual, en el que transmitía la idea de que los citados equipos eran resistentes al agua, hasta treinta minutos, a una profundidad máxima de cuatro metros, en cualquier condición. Sin embargo, la empresa imputada no presentó las pruebas que sustenten la veracidad del mensaje anunciado.

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Asimismo, mediante la referida resolución, la Comisión también ordenó a Ishop el cese definitivo e inmediato de la difusión del anuncio infractor, en tanto informe que los equipos celulares iPhone 11 Pro y 11 Pro Max pueden ser resistentes al agua y pueden permanecer hasta media hora bajo el agua a una profundidad máxima de cuatro (4) metros, en cualquier condición.

La decisión se dio tras la denuncia presentada por dos asociaciones de consumidores: Instituto del Derecho Ordenador del Mercado – Idom y Asociación Nouvelle Défense, por la comisión de actos de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal.

La resolución Nº 054-2023/CCD-INDECOPI es pública y puede revisarse en AQUÍ

A la fecha, las partes se encuentran dentro del plazo legal establecido para presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, segunda y última instancia administrativa.

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