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Economía

Proponen que micro y pequeñas empresas que inicien operaciones tengan beneficios tributarios

Congresista de la bancada Alianza para el Progreso propone que las micro y pequeñas empresas accedan a 3 beneficios tributarios para que puedan afrontar los gastos en el contexto del estado de emergencia por la COVID-19.

Efecto. Mypes de Gamarra afirman que subida del dólar afecta a miles de confeccionistas. Foto: difusión
Efecto. Mypes de Gamarra afirman que subida del dólar afecta a miles de confeccionistas. Foto: difusión

Mediante el proyecto de ley N.º 3150/2022-CR, el congresista Idelso Manuel García Correa, de la bancada Alianza para el Progreso, propone que las micro y pequeñas empresas que recién comiencen a operar obtengan beneficios tributarios con el fin de que puedan afrontar los gastos en el contexto del estado de emergencia por la COVID-19.

Los beneficios tributarios serían tres, cuyo plazo rige desde la puesta en marcha de la empresa: exoneración del pago de Impuesto a la Renta de Tercera Categoría por seis meses; pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, durante tres años, se podrá realizar hasta en 12 cuotas, mensuales, iguales y reajustadas por el índice de precios al consumidor (IPC); así como la exoneración del pago de derechos y tasas para realizar trámites de inscripción, renovación o solicitud/copia de información en entidades públicas durante el primer año.

Se debe tener en cuenta que solo podrán acceder a estos beneficios las empresas que inicien operaciones luego de la promulgación de la norma y que tengan las características y requisitos señalados en la Ley N.º 28015, “Ley de promoción y formalización de la micro y pequeña empresa”.

Existen 3,1 millones de micro y pequeñas empresas aproximadamente, de las cuales 1,7 millones son informales. A consecuencia de la pandemia, se estima que 5 millones de peruanos perdieron su trabajo, lo cual impactó en el volumen de ventas de las mypes, señala el documento en la exposición de motivos.

En relación con el costo que implica la norma, se detalla que el Estado dejará de recaudar S/ 55 millones 280.967 al año, lo que no representa ni el 0,06% del PBI, a diferencia de la exoneraciones tributarias del 2019, que alcanzaron los S/ 17.000 millones, y en los últimos 10 años sumaron los S/ 130.000 millones, monto que representa el 2% del PBI, y beneficiaron sobre todo a las grandes empresas.

El Poder Ejecutivo tendrá un plazo no mayor a 30 días contados a partir del día siguiente de la publicación de la norma para dictar el reglamento correspondiente. Cabe precisar que, la iniciativa debe pasar primero por las evaluaciones de las comisiones del Congreso para luego llegar a su debate en el Pleno.

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