Promulgan ley que exonera del IGV al pollo, huevos, fideos y pan
La medida rige desde el 1 de mayo hasta el 31 de julio de este año. El Indecopi será el encargado del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los bienes.
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El Congreso de la República promulgó la ley que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) al pollo, huevo, azúcar, pan y fideos, que regirá desde el 1 mayo hasta el 31 de julio de este año.
De acuerdo con el artículo número 1 de la Ley N.º 31452, difundida este jueves 14 de abril en El Peruano, esta tiene por objeto establecer medidas extraordinarias relacionadas con el impuesto general a las ventas aplicable a los principales alimentos que formen parte de la canasta básica familiar, con la finalidad de atenuar el impacto de la inflación generada por la coyuntura económica internacional.
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Productos exonerados , según la Ley 31452. Foto: captura Normas legales
Asimismo, la normativa señala que los contribuyentes que comercialicen los bienes señalados podrán aplicar como crédito fiscal el impuesto general a las ventas correspondiente a las adquisiciones y o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales serán determinados mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas.
En tanto, se encarga al Indecopi el monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los bienes que forman parte de la canasta básica familiar comprendido en la ley.
Ante los pronunciamientos en contra de los gremios, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aclaró que se publicará la lista de los insumos principales que pueden utilizar el crédito fiscal en cada bien exonerado del IGV.





















