Economía

Cuentas con más de S/ 30.800 serán reportadas desde setiembre

En bancos. Tributaristas precisan que información que proporcionarán las entidades financieras, de forma semestral, no significa una confiscación. Sunat calcula que medida alcanzará solo al 3,5% del total de cuentas.

Horario de atención de los principales bancos del país. Foto: composición/difusión
Horario de atención de los principales bancos del país. Foto: composición/difusión

Desde setiembre, y en forma semestral, las entidades reguladas por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) −es decir, bancos, cajas y otras empresas financieras− deberán reportar ante la Sunat información sobre aquellas cuentas de personas naturales y jurídicas que tengan por encima de 7 UIT, es decir, S/ 30.800. El resto no.

Esta medida, que ya se había anunciado en enero pasado, se implementó a través de una resolución publicada ayer, y se ejecuta en el marco del intercambio de información financiera que promueve la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a fin de reducir los niveles de elusión y evasión tributaria.

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De acuerdo al ente recaudador, solo el 3,5% del total de las cuentas existentes en el país pasa el umbral de los S/ 30.800, por lo que califican para la medida 135.000 cuentas de empresas y 890.000 cuentas personales, según la estimación con datos a enero.

¿Qué tipo de información conocerá la Sunat de dichas cuentas? Solamente el saldo registrado y los rendimientos depositados. En ese sentido, para garantizar la confidencialidad de la información, la Sunat detalló, a través de un comunicado, que el envío se hará mediante el Servicio Seguro de Recepción de Información Financiera (SSERIF).

¿Qué implica la medida?

El abogado tributarista Jorge Picón explicó que la medida faculta a la Sunat a acceder de forma más directa a la información sobre los patrimonios de los contribuyentes ya que, a la fecha, solo registraba los movimientos bancarios a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF).

“Se debe aclarar que la Sunat no confisca cuentas, solamente determinará una deuda tributaria en el caso, por ejemplo, en el que una persona no declaró impuestos en los últimos cinco años, pero tiene en su cuenta S/ 1 millón”, indicó.

En esas situaciones, la autoridad tributaria procedería de la siguiente forma: solicitaría información al contribuyente para que justifique sus saldos −que podrían ser originados porque obtuvo una herencia, un seguro de vida, el retiro de la CTS o de la AFP−, “pero si no puede sustentar el dinero, entonces se determinará que hay presunción de evasión tributaria. La idea de la medida es que las personas ordenen su documentación”, anotó el tributarista.

Por su parte, Jorge de Velazco, presidente de la Comisión de Tributación y Fiscalidad de la Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC), señaló que la Sunat priorizará aquellas inconsistencias de interés fiscal, “dependiendo del monto y del riesgo fiscal que le asigne al contribuyente”.

Por ejemplo, por no estar inscritos en el RUC, no declarar ingresos, tener antecedentes de operaciones fraudulentas o que impiden de manera constante el control tributario, entre otros.

Estrategia articulada

Para De Velazco, esta nueva medida de la Sunat le otorga un panorama más completo en relación con los movimientos bancarios y los saldos de cuentas. Asimismo, es parte de una estrategia más articulada, planteada por los países de la OCDE “para que se minimicen las posibilidades de utilizar un planteamiento tributario agresivo, eso significa el uso de territorios de baja imposición, mejor conocidos como los paraísos fiscales”, señaló.

Con la implementación de esta acción, la Sunat también podrá intercambiar información financiera con 113 jurisdicciones. “Se logrará captar datos que permita a la Sunat mejorar la programación y selección de sus acciones de control y fiscalización e incrementar su capacidad de detección oportuna de actos de evasión y elusión”.

El dato

Impacto. Según la Sunat, el país ha perdido, hasta el 2019, por elusión tributaria más de S/ 15,9 millones. Mientras que por evasión por concepto de impuesto a la renta asciende a S/ 13.993 millones.

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