Economía

Denuncian al COES por incumplir sentencia de la Corte Suprema

Pesquisas. Fiscalía investigará demora en ejecución de sentencia que ordena detener distorsión de precios de energía eléctrica.

Sin voluntad. El COES maneja criterios que no recogen el sentido del fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema. Foto: Andina
Sin voluntad. El COES maneja criterios que no recogen el sentido del fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema. Foto: Andina

El directorio del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) deberá aclarar ante la Fiscalía por qué se resiste a acatar la sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema que ordenó terminar con la distorsión de precios en la venta de energía eléctrica en el Perú.

Esto, luego de que el estudio de abogados Arbizu & Gamarra, en representación de la Coordinadora General de Pueblos Unidos de Lima, Callao y Provincias del Perú (Cogepulcp-Perú), presentara una denuncia penal contra los funcionarios del COES por resistencia y desobediencia a la autoridad.

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La denuncia está dirigida contra César Butrón Fernández (presidente del directorio del COES), Leonardo Dejo Prado (director ejecutivo) y los directores Alberto Pérez Morón, Mariana Cazorla, César Tengan Matsutahara y Jesús Tamayo.

Una sentencia de la Corte Suprema es de inmediata aplicación, pese a lo cual los directivos del COES se niegan a cumplirla y “dispusieron condicionar su ejecución a la emisión de un reglamento, así como establecieron mediante una nueva fórmula que el factor ship or pay para distribución sea considerado costo fijo permanente”, explicó el abogado Julio Arbizu.

La distorsión

Anota la denuncia que, en el mercado de generación de electricidad, un pequeño grupo de empresas generadoras termoeléctricas a gas natural (GTG), aprovechando que sus declaraciones de costos variables no eran auditadas, declara información inexacta, costos cercanos a cero, para tener una mejor disposición en el orden de despacho y ofrecer energía barata en el mercado.

“Esta conducta indebida se pudo verificar porque la información proporcionada por las generadoras termoeléctricas a gas natural era distinta ante el COES y Osinergmin. La información declarada ante esta última sí era auditable. Por consiguiente, es evidente que con esta conducta indebida se viene desvirtuando el régimen especial de las GTG, lo cual genera que el mercado eléctrico peruano se encuentre gravemente distorsionado”, precisa la denuncia.

La distorsión provocaba que mientras en el mercado regulado, integrado por 7,6 millones de usuarios, los consumidores pagan más de 53 dólares el MWh, a un pequeño grupo de 1.442 empresas se les vende el mismo MWh a un promedio de 31,5 dólares.

Perjuicio a consumidores

En paralelo, esta distorsión genera que los usuarios por hogar y de pequeñas empresas paguen un mayor subsidio a los generadores de electricidad que usan energía renovables. Estas no pueden vender su producto al costo real, sino que deben hacerlo a un precio reducido que imponen las generadoras con gas. Así, los pequeños consumidores terminan subsidiando a las grandes empresas: supermercados, minas o bancos.

Igualmente se afecta la estatal Electroperú, cuyo principal accionista es el Fondo Consolidado de Reservas, perteneciente a los afiliados al sistema estatal de jubilación. Electroperú se ve obligado a vender a bajo costo su excedente a las generadoras de gas y tiene así menos utilidades para los jubilados.

La denuncia recalca que la Corte Suprema anuló el DS 043-2017 y ordenó al Estado emitir una norma que regule el mercado eléctrico y termine con la distorsión de precios.

Datos

Delitos. El DS 043-2017 ha sido expulsado del ordenamiento legal, y el Minem, en lugar de sacar una norma que evite la distorsión, ha encargado esta tarea al COES y Osinergmin.

Mientras tanto, el COES aplica criterios técnicos que desacatan el sentido del fallo, razón por la cual estarían incurriendo en resistencia y desobediencia a la autoridad.

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