Economía

Bonos por Coronavirus: cuántos hay hasta ahora, cómo y quiénes pueden acceder al subsidio

Conoce AQUÍ los bonos por coronavirus que el gobierno está entregando por estado de emergencia en Perú. Averigua quiénes acceden a los bonos y el proceso a seguir para cobrarlos.

Coronavirus en Perú | Desde que se decretó estado de emergencia nacional el pasado 15 de marzo, el Gobierno ha ido autorizando progresivamente diversos bonos para las familias vulnerables, a fin de que puedan subsistir durante el aislamiento obligatorio.

El último de ellos ha sido el Bono Familiar Universal, que comprende la entrega de S/760 soles para 6,8 millones de familias peruanas que se han visto afectadas por la extensión de la cuarentena. A continuación te brindamos más detalles de cada uno de los subsidios dispuestos por el Ejecutivo.

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Bonos o subsidios por coronavirus en Perú

En medio del estado de emergencia, el Gobierno dispuso la entrega de cuatro bonos económicos para que las familias más vulnerables puedan solventarse mientras dure la cuarentena nacional.

Bono de 380 soles

El bono de 380 soles fue el primer subsidio económico que autorizó el presidente Martín Vizcarra para beneficiar a un total de 2,7 millones de familias peruanas que se encuentran en condición de pobreza y extrema pobreza.

El segundo despliegue del bono ‘Yo me quedo en casa’ se hizo oficial el pasado martes 21 de abril, a través del Decreto de Urgencia 044-202. Asimismo, el 23 de abril el mandatario anunció que el subsidio monetario que viene otorgando el Ejecutivo se ampliará hasta alcanzar los 6,8 millones de hogares que no están teniendo ingresos durante la cuarentena.

Para ello, el Ministerio de Inclusión Social (Midis) habilitó la plataforma ‘Yo me quedo en casa’ para que, con tan solo poner tus datos personales y número de DNI, puedas saber si eres uno de los beneficiarios del subsidio.

Para averiguar si figuras en el padrón de beneficiarios, sigue los siguientes pasos:

1) Ingresa a https://bono.yomequedoencasa.pe/

2) Coloca tu número de DNI, fecha de nacimiento y código de seguridad.

3) Posteriormente, haz clic en 'Consultar’. Automáticamente, la plataforma avisará si eres uno de los beneficiarios.

4) En caso de ser considerado beneficiario, se te brindará información referente a la fecha y entidad financiera donde podrás cobrar el dinero.

Recuerda que debes esperar que te proporcionen estos datos y no acudir a las entidades bancarias para no formar aglomeraciones.

Bono Independiente

El Ministerio de Trabajo implementó el Bono Independiente para los trabajadores que, durante el estado de emergencia, se vieron obligados a cerrar sus negocios para no contraer la COVID-19.

Por ello, el Gobierno confirmó la transferencia de S/ 921 858 820 para estas familias y habilitó la plataforma virtual www.bonoindependiente.pe donde podrán conocer si integran o no el padrón oficial.

Bono Rural de 760 soles

El pasado 20 de abril, el Estado ordenó la entrega del bono rural de 760 soles para ayudar a más de un millón de hogares rurales y en situación vulnerable a nivel nacional.

¿Cómo saber si accedes al bono agrario? El ministro de Agricultura, Jorge Montenegro, señaló que a los beneficiarios de este dinero les llegará un mensaje de texto para que se acerquen al Banco de la Nación.

Vale mencionar que el bono de 760 soles será entregado a las familias agricultoras, según un padrón general de la Junta de Usuarios de Riego, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Agrobanco, Fondo Agroperú y los gremios de la costa, sierra y selva.

Bono Habitacional

Mediante el Decreto Legislativo N° 1464, publicado el 18 de abril, el poder Ejecutivo dispuso que brindará facilidades para que las familias más vulnerables puedan acceder al Bono Familiar Habitacional del programa Techo Propio.

Aquí revisa cuáles son los requisitos del Bono Familiar Habitacional. Foto: Andina.

Aquí revisa cuáles son los requisitos del Bono Familiar Habitacional. Foto: Andina.

Está destinado exclusivamente a los hogares, en los ámbitos urbano y rural, que carecen de recursos económicos para mejorar, adquirir o construir una vivienda. Sin embargo, con este Decreto Legislativo algunos requisitos han cambiado.

Bono Universal Familiar

Ante la extensión del estado de emergencia en el país, el presidente de la República, Martín Vizcarra, informó que se entregará un nuevo subsidio para que las familias puedan afrontar los problemas económicos. Se trata de un Bono Familiar Universal, que pretende cubrir el 75 % de los hogares a nivel nacional.

El nuevo bono de 760 soles beneficiará a 6.8 millones de hogares que se han visto afectadas por el estado de emergencia, debido al aumento de casos por el nuevo coronavirus en el país. El nuevo subsidio no considerará a quienes hayan recibido otro beneficio económico anteriormente y está destinado a aquellas familias que no están en planilla ni perciben ingresos debido a la emergencia nacional

Ejes de la cuarentena obligatoria en Perú

¿Quiénes pueden ir a trabajar durante la cuarentena?

Según señala el Decreto Supremo 026-2020, las personas que pueden circular durante el estado de emergencia nacional, son quienes aseguran la prestación y acceso a servicios y bienes personales.

Además, quienes laboren o deban ir de urgencia a establecimientos de salud (hospitales, clínicas, lugares de diagnóstico).

Por otro lado, podrán transitar quienes sean responsables de la asistencia y/o cuidado de adultos mayores, niños, personas con discapacidad o que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Para conocer quiénes más podrán circular durante este periodo, revisa el siguiente link.

¿Qué rubros y establecimientos pueden atender durante el estado de emergencia?

Los sectores que tienen autorización de operar durante el aislamiento social obligatorio que durará hasta el 10 de mayo son los siguientes:

- Alimentaria: aquellos que apoyen en la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, incluido el almacenamiento y distribución para la venta del público.

- Farmacéutica: aquellos que trabajen en la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

- Salud: asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencia.

- Residencia: retorno al lugar de residencia habitual.

- Cuidado de personas: asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

- Finanzas, seguros y pensiones: entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.

- Combustible: producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.

- Medios de comunicación: medios de comunicación y centrales de atención telefónica.

- Hoteles: hoteles y centros de alojamiento, solo con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.

Multas y sanciones por infringir el estado de emergencia

A través del Decreto Supremo N° 006-2020-IN, el Gobierno ordenó una serie de multas por cada infracción cometida durante el estado de emergencia. En el documento se especifica el monto de multas por 11 tipos de incumplimientos.

1. Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestación y acceso esencial previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM: S/ 301 - 7 % UIT

2. Circular por la vía pública para actividades que no son esenciales: S/ 215 - 5 % UIT

3. Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral, en caso corresponda: S/ 258 - 6 % UIT

4. Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior: S/344 - 8 % UIT

5. No respetar la inmovilización social obligatoria o toque de queda en los horarios determinados en cada región: S/ 4S/ 387 - 9 % UIT/ 344 - 8 % UIT

6. No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el día domingo u otros días que el Gobierno disponga: S/387 - 9 % UIT

7. Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública: S/ 387 - 9 % UIT

8. Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio: S/ 344 - 8 % UITS / 215- 5 % UIT

9. Salir más de una persona por familia para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos: S/ 215- 5% UIT

10. No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales: S/ 86 -2 % UIT

11. No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas: S/ 430 -10 % UIT

Educación a distancia

Tras analizar la coyuntura, recientemente Martín Vizcarra confirmó que el inicio de clases presenciales se aplazará de manera indefinida, a fin de frenar el avance del nuevo coronavirus.

De este modo, los escolares continuarán con sus clases virtuales a través de la plataforma “Aprendo en casa”, programación que se emite a través de internet, radio y televisión.

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