Economía

Aprueban requisitos sanitarios para importación de harinas de subproductos de aves de Brasil

El Senasa podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma.

harina subproducto aves
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A través de Resolución Directorial publicada en el diario oficial El Peruano, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) dispuso la publicación de los requisitos sanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de harinas de subproductos de aves (carne, sangre, plumas, vísceras) para consumo animal, procedente de Brasil.

El Senasa, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma.

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Exigencias sanitarias

El producto estará amparado por el certificado sanitario de exportación, expedido por la autoridad sanitaria competente de Brasil, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. El producto fue elaborado con carne, sangre, plumas y vísceras obtenidas a partir de animales sanos, nacidos y criados en el país exportador o animales sanos que han sido importados legalmente desde otro país permaneciendo en Brasil, durante al menos el último mes.

2. El establecimiento de origen de las aves, el matadero y el establecimiento de procesamiento de las harinas y al menos en un área de 3Km a su alrededor, no han estado en una zona bajo cuarentena o restricción de la movilización de aves, durante los seis 6 meses previos al sacrificio de las aves y al embarque del producto.

3. Las aves de las que se obtuvo el producto, fueron transportadas directamente desde la explotación de origen al matadero autorizado por la autoridad sanitaria competente de Brasil.

4. El producto no se ha obtenido a partir de aves que han sido desechadas o descartadas en el país exportador como consecuencia de un programa de erradicación de una enfermedad aviar transmisible.

5. El producto procede de una planta o establecimiento de elaboración autorizado para exportar estos productos, por la Autoridad sanitaria competente de Brasil y avalado por el Senasa Perú, y son fiscalizados en forma rutinaria por la misma autoridad sanitaria competente de Brasil; siendo uno de los requisitos para la aprobación tener implementado y en operación el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control.

6. El producto deriva de animales sacrificados en establecimientos autorizados por la autoridad sanitaria competente de Brasil; donde fueron sujetos a inspección oficial ante mortem y post mortem, no presentando lesiones compatibles con enfermedades que imposibiliten el procesamiento de sus partes anatómicas y despojos para la fabricación de harinas.

7. La materia prima es colectada, almacenada y transportada siguiendo lineamientos de las buenas prácticas de manufactura, evitando su contaminación.

8. La autoridad sanitaria competente de Brasil, tiene implementado y en operación un sistema de trazabilidad en la cadena avícola que permite trazar toda la trayectoria de las harinas derivadas de esta especie, desde su origen en la fase primaria hasta los puntos de su distribución y viceversa.

9. La autoridad sanitaria competente de Brasil, emprende acciones sistemáticas de vigilancia y control en la producción, en el uso y en la comercialización de medicamentos de uso veterinario destinados a los animales de producción de alimentos.

10. Durante el procesamiento de las harinas de aves, en plantas autorizadas, sus líneas de producción sólo se utilizaron para producir productos de origen aviar.

11. El producto fue sometido a uno de los siguientes tratamientos: calor húmedo con una temperatura mínima de 118°C durante, por lo menos, 40 minutos; proceso de hidrolización continua bajo presión de vapor de, por lo menos, 3,79 bares a una temperatura mínima de 122°C durante, por lo menos, 15 minutos o sistema alternativo de procesamiento de despojos que asegure que el producto alcance una temperatura interna mínima de 74°C.

12. Después del proceso se garantiza que el producto no ha sido objeto de contaminación cruzada con harinas de rumiantes o por contaminantes físicos, químicos o biológicos.

13. El producto es apto para consumo animal y demuestra ausencia de Salmonella spp. en 25 gr. El empaque tiene impreso la leyenda: “Prohibido su uso en la alimentación de rumiantes".

14. Los animales que dan origen al producto fueron faenados en un establecimiento sometido al programa oficial de control de residuos de productos de uso veterinario, agrotóxicos y contaminantes ambientales, el cual ha sido planeado e implementado siguiendo las recomendaciones del Codex Alimentarius.

15. Se tomaron las precauciones necesarias para evitar el contacto del producto con cualquier fuente de contaminación, después del procesamiento del producto.

16. El producto está contenido en embalajes de primer uso, con material impermeable y resistente, que lleva en su etiqueta el nombre del producto, el país de origen, el número de establecimiento autorizado, la fecha de producción y vigencia del producto, el número de lote que permita garantizar la trazabilidad al origen de los animales del cual provienen los productos.

17. El contenedor fue precintado en Brasil y debe permanecer así hasta la llegada a Perú. El número de precinto está indicado en el certificado sanitario de exportación.

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