Economía

Simplifican requisitos para funcionamiento de establecimientos farmacéuticos

El Ministerio de Salud y El Ministerio de Economía y Finanzas dispuso la modificación del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos.

farmacias
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El Ministerio de Salud y El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Decreto Supremo publicado el 29 de junio en el diario oficial El Peruano, dispuso la modificación del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos en cumplimiento de las normas de simplificación administrativa.

Por ejemplo, sobre los requisitos para la Autorización Sanitaria de Funcionamiento, se eliminan requisitos como la presentación de la copia de certificado de habilidad profesional del director técnico o químicos farmacéuticos asistentes.

El estudio de Abogados Rodrigo, Elías & Medrano, elaboró un cuadró donde explica las principales modificaciones:

cuadro cambios farmacias

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Adicionalmente, se establece las siguientes disposiciones complementarias:

1. Traslado de almacén:

a. Droguería o almacén especializado con certificado de BPA vigente, solicite el traslado o ampliación de almacén, una vez concedida la Autorización Sanitaria respectiva, la Digemid actualiza el alcance del certificado, manteniendo la vigencia del mismo.

b. Laboratorio con certificado de BPM vigente, solicite traslado o ampliación de planta o de áreas de manufactura, una vez concedida la Autorización Sanitaria respectiva, Digemid otorga un certificado de BPM respecto de las áreas trasladadas o ampliadas, con vigencia de un (1) año.

c. Laboratorio con certificado de BPM vigente, solicite traslado o ampliación de almacén o área de control de calidad, una vez concedida la Autorización Sanitaria respectiva, la Digemid actualiza el alcance del citado certificado, manteniendo la vigencia del mismo.

2. Regulación transitoria:

a. Los procedimientos administrativos iniciados antes de la entrada en vigencia de la modificación, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión.

b. No obstante, son aplicables a los procedimientos en trámite, las disposiciones del Decreto Supremo que reconozcan derechos o facultades a los administrados frente a la administración