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Sociedad

El caso de la española Noelia Castillo reabre una deuda en Perú: el derecho a decidir sobre una muerte digna aún no se cumple

Desde el fallo histórico que permitió a Ana Estrada acceder a la eutanasia en 2024, en Perú cada decisión sobre una muerte digna depende de sentencias judiciales individuales, porque la ley aún penaliza el procedimiento y limita la autonomía de los pacientesen sufrimiento.

Ana Estrada falleció el 21 de abril de 2024, y se convirtió en la primera peruana en recibir eutanasia
Ana Estrada falleció el 21 de abril de 2024, y se convirtió en la primera peruana en recibir eutanasia | Antonio Melgarejo / Captura de programa “Y ahora Sonsoles” | Composición LR

La muerte de Noelia Castillo Ramos, una joven española que accedió a la eutanasia tras un prolongado proceso legal en Barcelona, ha vuelto a poner en agenda un debate que en Perú permanece inconcluso: el derecho de uno a decidir sobre el final de la vida. A diferencia del modelo español, donde existe una ley que regula este procedimiento, el ordenamiento peruano mantiene la eutanasia como un delito, obligando a quienes buscan este tipo de decisiones a recurrir a excepciones judiciales.

El antecedente más cercano es el de Ana Estrada Ugarte, quien en 2024 logró una sentencia histórica que le permitió acceder a la eutanasia sin que ello implicara una modificación del Código Penal. Su caso evidenció una contradicción estructural: el reconocimiento individual de un derecho en un sistema que, en términos generales, continúa prohibiéndolo. En ese proceso, la abogada Josefina Miró Quesada Gayoso jugó un rol central al plantear que la prohibición absoluta vulnera derechos fundamentales.

El caso de Noelia Castillo

Noelia pidió la eutanasia en 2024. Dos años después, un 26 de marzo, luego de que el Estado español se la otorgara, puso fin a varios años de sufrimiento tanto físico como mental. En una entrevista exclusiva para el programa 'Y ahora Sonsoles', la joven afirmó que su decisión se debía a una complicada historia personal, marcada por la separación de sus padres, a los 13 años, que la llevó a quedarse en un centro tutelado, un tratamiento psiquiátrico por TOC y TLP, y el sufrimiento derivado de tres abusos sexuales e intentos de suicidio.

Este último, en 2022, la dejó parapléjica de manera irreversible, llevando su sufrimiento a un estado constante e insostenible. Durante su batalla legal, Noelia expresó que quería morir preservando su dignidad y en compañía solo de familiares cercanos, rechazando ser utilizada como ejemplo de nada: “No quiero ser ejemplo de nadie, simplemente es mi vida”, dijo para el programa.

El proceso se complicó debido a la oposición de su padre y de la asociación Abogados Cristianos, quienes cuestionaron su capacidad de decisión y prolongaron el caso mediante recursos legales. La joven defendió sus instrucciones claras y anticipadas, que incluían la asistencia médica para morir sin dolor y en condiciones de respeto a su voluntad.

El emblemático caso de Ana Estrada

En el mismo año en que Noelia solicitó la eutanasia, Ana Estrada Ugarte logró acceder a este procedimiento en el Perú, marcando un hito histórico al convertirse en la primera persona en ejercer legalmente el derecho a la muerte asistida en el país. Estrada, psicóloga de 47 años, padecía polimiositis, una enfermedad degenerativa que fue deteriorando progresivamente su autonomía, hasta llevarla a depender de cuidados permanentes tras someterse a una traqueotomía y una gastrostomía.

En 2019 inició una lucha pública por el derecho a una muerte digna mediante su blog Ana busca la muerte digna”. Su caso llegó al sistema judicial peruano, donde inicialmente la eutanasia era ilegal y el “homicidio piadoso” estaba penalizado. En 2021, la justicia peruana falló a su favor, ordenando que se respetara su decisión y que no se sancionara a los médicos involucrados. Este fallo fue ratificado en 2022, sentando un precedente histórico. Finalmente, el 21 de abril, el sistema respetó su decisión.

Un sistema que limita la autonomía

Para Josefina Miró Quesada, el problema en Perú no se reduce a la penalización de la eutanasia, sino a un sistema que ofrece pocas alternativas reales a quienes enfrentan enfermedades graves, incurables o degenerativas. “Nos encontramos en un estado bastante distante y precario en lo que refiere al respeto y la garantía de la autonomía al final de la vida”, afirma.

La abogada advierte que incluso derechos ya reconocidos, como el rechazo a tratamientos médicos, no siempre se respetan en la práctica. “Hay una desinformación masiva sobre cuáles son las opciones legales que tienen los pacientes”, señala. En muchos casos, según comenta, la decisión termina siendo asumida por médicos o familiares, en un contexto donde persiste el paternalismo médico y se desplaza la voluntad del paciente.

El fallo a favor de Ana Estrada marcó un hito al reconocer que la prohibición absoluta de la eutanasia puede vulnerar derechos como la dignidad, la autonomía y la integridad personal. Sin embargo, su alcance fue restringido. “Fue muy importante, pero dejó intacta la prohibición penal”, explica Miró Quesada. La decisión se aplicó únicamente a su caso debido a las limitaciones del control difuso, lo que impide extender sus efectos a otros pacientes en situaciones similares. El resultado es un escenario donde el acceso a una muerte digna depende, en gran medida, de litigios individuales.

Confusiones que afectan derechos

Uno de los principales obstáculos en el debate es la falta de claridad conceptual. Según la especialista, la confusión entre eutanasia, suicidio asistido, sedación paliativa o retiro de soporte vital no solo dificulta la discusión pública, sino que tiene consecuencias directas en la atención médica. El caso de María Benito, quien solicitó la retirada de un ventilador mecánico, evidenció esta problemática. Su pedido fue inicialmente rechazado al ser interpretado como eutanasia. “Eso no era una eutanasia. Era el ejercicio de un derecho básico: no someterse a un tratamiento que no desea”, precisa la especialista.

Esta confusión, añade, obliga a judicializar decisiones que ya están contempladas en la ley, generando retrasos y mayor sufrimiento para los pacientes.

El sufrimiento y la dificultad de comprenderlo

Los casos como el de Noelia Castillo han puesto en evidencia otro aspecto clave: la dificultad social para comprender el sufrimiento. Muchas personas que observan desde fuera tienden a minimizar o cuestionar la legitimidad de su sufrimiento, por no ver signos externos inmediato o por tratarse de alguien joven. Sin embargo, Miró Quesada insiste en que estas variables no deben condicionar el reconocimiento de derechos.

Para la abogada, estas variables no deben condicionar el reconocimiento de derechos. “Ninguna de esas características hace que la persona tenga menos dignidad o menos derecho a decidir sobre su propio final”, sostiene. Y añade: “Muchos de estos pedidos son después de haberlo intentado todo: tratamientos, terapias y cuidados, sin lograr mejorar la calidad de vida de la persona”.

Desde su experiencia, el debate suele estar atravesado por la distancia entre quienes viven estas situaciones y quienes las observan desde fuera. “La experiencia vivida es la más autorizada para decidir hasta dónde quiere llegar una persona con una vida que, para esa persona, ha dejado de ser digna”, afirma.

La prohibición y sus efectos invisibles

La falta de regulación no elimina la demanda de una muerte digna, sino que la desplaza. Según Miró Quesada, la ausencia de alternativas dentro del sistema médico puede llevar a decisiones más extremas. “No porque cerremos los ojos la realidad deja de existir”, advierte. En ese sentido, plantea que negar opciones como la asistencia médica puede empujar a algunas personas a recurrir a formas de muerte “violentas, solitarias y dolorosas”, en contraste con modelos regulados que permiten procesos acompañados y controlados, “con menor sufrimiento y mayor respeto por la voluntad del paciente”.

En América Latina, el avance en materia de muerte digna ha estado marcado por decisiones judiciales más que por iniciativas legislativas. Países como Colombia han ampliado progresivamente este derecho a través de sus cortes, mientras que en Perú el debate sigue fragmentado. “Los parlamentos suelen ser espacios donde esta discusión es difícil de sostener”, explica. La polarización política y las barreras culturales han impedido, hasta ahora, una regulación integral.

Un debate que recién empieza

Aunque el derecho a la muerte digna no está reconocido de forma explícita en el derecho internacional, la abogada sostiene que puede fundamentarse en principios como la autonomía, la dignidad y la integridad personal. “El derecho a la vida no puede entenderse solo como existir biológicamente, sino como vivir en condiciones dignas hasta el final”, afirma.

Casos como los de Noelia Castillo en España o Ana Estrada en Perú muestran que el debate ya no es hipotético. Sin embargo, mientras en algunos países se consolida como un derecho regulado, en otros, como el nuestro sigue siendo una excepción, sujeta a interpretaciones judiciales y a una discusión social que aún no alcanza consensos. Porque, en el fondo, la pregunta persiste: quién decide cómo debe vivirse o terminar una vida.

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