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Sociedad

Corridas de toros: Poder Judicial prohíbe la formación de niños toreros en el Perú

Demanda de amparo fue interpuesta por dos abogadas en el 2017. Resolución no prohíbe el ingreso de niños y adolescentes a este tipo de espectáculos.

Resolución respalda demanda de amparo que fue presentada por dos abogadas en 2017. Foto: La República
Resolución respalda demanda de amparo que fue presentada por dos abogadas en 2017. Foto: La República

El Poder Judicial resolvió, en primera instancia, prohibir la formación de niños toreros en el Perú. El Segundo Juzgado Constitucional de Lima tomó la decisión al considerar que esta práctica es violenta para los menores de edad.

El regidor Carlo Ángeles saludó la resolución que respalda la demanda de amparo que presentaron en el 2017 las abogadas Milagros García Mattos y Sonia Córdova, quienes, en ese momento, presidían las comisiones de Protección de Derecho de la Familia y de Estudios de Derechos de los Animales, del Colegio de Abogados de Lima.

“Es una sentencia positiva. Es un mensaje poderoso que ratifica algo que ya era ampliamente aceptado por la comunidad, y es que estos espectáculos están llenos de violencia. Existe un mito de que las corridas de toros tienen una suerte de protección constitucional, y nosotros hemos sido tajantes en rechazar esta interpretación”, subrayó a La República.

Sin embargo, lamentó que la máxima entidad de justicia no haya limitado el ingreso de los niños y adolescentes a este tipo de eventos. Para la autoridad, esto resulta “contradictorio”.

“El Comité de los Derechos del Niño ha sido claro en señalar que no se permita el ingreso de los niños a estos espectáculos que están llenos de violencia. No es correcto exponer a los menores. El Poder Judicial no solo debe proteger a los niños del rol activo, sino también del pasivo”, comentó.

En ese sentido, el regidor recordó que desde la Municipalidad de Lima aprobaron una norma para que sus inmuebles no sean alquilados para espectáculos públicos donde se ejerza la tortura animal.

La decisión del Segundo Juzgado Constitucional de Lima también alcanza a dos carteras: la del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

El Poder Judicial le ordenó al primer sector que fiscalice constantemente las corridas de toros con el objetivo de que no se incurra en ninguna clase de explotación infantil.

En el caso de la segunda cartera, tendrá que implementar proyectos y campañas para evitar la enseñanza de actividades con contenido violento que pueda perjudicar el desarrollo de los niños y adolescentes.

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