En caso de que se promulgue la autógrafa del proyecto 5981, no solo se modificaría la definición de una organización criminal, sino que obligará que los allanamientos deban realizarse con presencia del investigado y su abogado. Esto último fue algo que el congresista y presidente de la Comisión de Justicia, Américo Gonza, reclamó sin éxito vía tutela de derechos al Poder Judicial luego de que se allanara su domicilio en 2023 por el presunto copamiento en la PNP.
Gonza, a través de su abogado Jeancarlo Mio Valdiviezo, solicitó la nulidad de las actas y los medios incautados debido a que, entre otros, su abogado llegó a la vivienda ubicada en Lince horas después de que fiscales iniciaron la ejecución de la orden de allanamiento autorizada por el juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley.
“El abogado recién ha llegado a las 9:28 am cuando mi patrocinado tenía que haber tenido una defensa desde el inicio de la diligencia. Defensa ineficaz. Derecho que se afecta es un derecho constitucional”, alegó el letrado en la audiencia celebrada en julio de 2023.
En respuesta, el entonces fiscal adjunto supremo Marco Huamán precisó que Gonza Castillo firmó el acta de allanamiento, así como el abogado que llegó horas después, y no formuló objeción alguna.
El congresista estuvo presente en la audiencia y ratificó lo dicho por su defensa legal: “Lo primero que me incautaron fue el celular y no pude llamar ni siquiera a mi abogado, menos a las 5 y media de la mañana quién te contesta”. Señaló que no se opuso al allanamiento para “no obstruir” y porque había “un grupo de fuerza”, en referencia a los efectivos policiales.
El juez Juan Carlos Checkley declaró infundada la tutela de derechos al determinar que el Ministerio Público no vulneró ningún derecho del congresista durante el allanamiento. Gonza apeló la decisión y el incidente fue elevado a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
“Llegan a las 5 de la mañana, cuando yo estaba descansando, muy desesperantes tocando la puerta. Abro la puerta y lo primero que me incautan es el teléfono. Por eso es que ustedes ven yo no tuve abogado, el abogado llegó después”, dijo Gonza ante el colegiado supremo que preside César San Martín, en marzo de este 2024. Cabe precisar que el legislador también afirmó que los fiscales que intervinieron su domicilio no estaban autorizados porque sus nombres no estuvieron consignados en la resolución que autorizó el allanamiento.
Sin embargo, la Sala Suprema Penal Permanente confirmó lo resuelto por el juez Checkley y ratificó que “la intervención postrera del letrado patrocinante no significa indefensión, si suscribió sin reparos el acta correspondiente”. “Así las cosas, la alegación de falta de asistencia legal no está evidenciada, por ende, este agravio es infundado”, concluyó el tribunal.
En abril de este año, luego de que su tutela de derechos fuera rechazada en doble instancia, el congresista Américo Gonza puso a debate en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos que preside el predictamen del proyecto de ley que modifica la definición de una organización criminal y obliga a que los allanamientos se efectuén con participación del investigado y su abogado.
La parlamentaria Ruth Luque cuestionó el texto, en el extremo de la modificación sobre la ejecución de los allanamientos, ya que se podría “distorsionar” el factor sorpresa de estas medidas. El predictamen, desde entonces, se mantuvo en cuarto intermedio hasta mayo, cuando Gonza retomó el texto, con algunas modificaciones, y lo sometió a votación en la comisión que preside. El perulibrista votó a favor.
En diálogo con La República, el congresista Américo Gonza reconoce que el predictamen está relacionado con uno de los puntos de su tutela de derechos. “Yo soy un ciudadano más y uno se da cuenta... Cuando lo vive en carne propia es cuando uno le agarra más sentido a las cosas. Yo no voy a negarlo. (…) Eso le pasa a la mayoría de ciudadanos”, indicó.
No obstante, el parlamentario niega algún conflicto al haber emitido un voto a favor porque “por encima de la ley está la Constitución” que estipula “el principio de no ser privado de defensa en ningún estado del proceso”. “El allanamiento es un estado de proceso”, dijo. “Es un vacío que se ha debido cerrar hace mucho tiempo. Desde el 2000, 24 años. Una ley que necesitaba corregirse”, añadió.
El parlamentario también afirmó que esta modificación ayudará a que los procesos penales "no se caigan" cuando la defensa de los investigados cuestione una vulneración al derecho a la defensa. "Esto al fiscal le conviene", aseveró.
Gonza también dio a conocer que presentó un amparo cuestionando la investigación que se le sigue por presunta organización criminal y tráfico de influencias. El recurso fue rechazado en doble instancia judicial y se encuentra en el Tribunal Constitucional.