Bruno Pacheco y Beder Camacho, quienes fueran hombres de confianza del recluido expresidente Pedro Castillo durante su Gobierno, han quedado inhabilitados para trabajar para el Estado por los próximos 5 años. No se trata de penas accesorias de sentencias dictadas por un órgano del Poder Judicial, sino de sanciones emitidas en el marco de la Ley del Servicio Civil.
Pacheco Castillo fue el primer secretario general del Despacho Presidencial en la era Castillo Terrones, pero, desde el inicio, estuvo envuelto en escándalos, como los presuntos ascensos irregulares en la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, y el hallazgo de 20.000 dólares en los servicios higiénicos de su oficina. Su paso por el Gobierno duraría solo 4 meses, hasta noviembre de 2021, mes en el que renunció al ser insostenible su permanencia.
En tanto, Camacho Gadea laboraba en Palacio de Gobierno desde mucho antes que Pedro Castillo gane las elecciones, específicamente, desde la gestión de Ollanta Humala luego de que obtuvo una plaza por concurso público. Pero no sería hasta la administración del profesor de escuela rural que alcanzaría un puesto en la Alta Dirección: la Subsecretaría General.
El hecho de que Pacheco abandonara Palacio en noviembre de 2021 no fue impedimento para que en noviembre de 2022 la Presidencia del Consejo de Ministros, a cargo de Aníbal Torres, iniciara un proceso disciplinario contra el exsecretario general por presuntas faltas al Código Ética de la Función Pública.
Los hechos que se le imputaron fueron las presiones al entonces superintendente de la Sunat, Luis Enrique Vera Castillo. La República reveló que este último irá a juicio oral, justamente, por no denunciar a tiempo los pedidos ilícitos de Pacheco.
Fueron 3 los requerimientos del exsecretario: favorecer a la empresa Grupo Deltron S.A. para que no se le cobre una deuda y se frene fiscalización tributaria; favorecer a MQVC Corporation S.A.C. en la solicitud de ampliación de importación de 20 a 500 toneladas de mercurio; y favorecer a Marco Antonio Urbina Chumpitasi para que este sea nombrado como martillero en la Intendencia de La Libertad.
Estos pedidos irregulares se dieron a través de mensajes por aplicaciones, textos cuya existencia y veracidad fueron confirmados por Vera Castillo ante la Comisión de Fiscalización del Congreso y hasta en 2 oportunidades ante la Fiscalía.
Bruno Pacheco no formuló descargos ante la PCM. En septiembre de 2023, el premier Alberto Otárola, en base al informe de la Comisión Ad Hoc firmó la resolución ministerial 201-2023-PCM que impuso la sanción de destitución al haberse corroborado las faltas. El exsecretario apeló la decisión ante el Tribunal del Servicio Civil, que rechazó el recurso en julio de este año.
El tribunal conformado por los vocales César Abanto, Rolando Salvatierra y Orlando de las Casas determinó que los actos efectivamente infringieron el principio de probidad y la prohibición de obtener beneficios para sí u otros por el cargo que se ejerce, por lo que confirmó la destitución
“(Bruno Pacheco) no habría actuado con honradez, rectitud de ánimo e integridad, al haber procurado obtener privilegios para las empresas Grupo Deltron S.A., y MQVC Corporation S.A.C., así como al señor de iniciales M.A.U.CH, por parte de la Sunat, a través de los pedidos realizados al señor de iniciales L.E.V.C., situación que finalmente no consiguió, a pesar de su insistencia y aparentar tener influencia en el Consejo de Ministros, órgano que finalmente aprobó por unanimidad la Resolución Suprema 018-2021-EF, por la cual se designó nuevamente al referido señor como superintendente de la Sunat por el periodo de 5 años”, concluyó el colegiado.
Ahora bien, el artículo 87 de la Ley del Servicio Civil estipula que la destitución “acarrea la inhabilitación automática para el ejercicio de la función pública” por un plazo de 5 años. Es decir, al haberse ratificado la sanción contra Bruno Pacheco, también se reafirmó el impedimento para laborar para el Estado por el próximo quinquenio.
La República se comunicó con el abogado de Pacheco, Elio Riera, quien dijo que primero revisaría el documento para dar un comentario. Sin embargo, al cierre del presente informe, no recibimos los descargos.
Aunque Dina Boluarte intentó negarlo, Beder Camacho sí siguió trabajando en el Despacho Presidencial después de la caída del régimen de Pedro Castillo. Eso sí, ya no en la Alta Dirección, sino que regresó a su plaza de jefe de Trámite Documentario y Archivo de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria.
Coincidentemente, luego de que Boluarte dijo que Camacho no se reincorporaría al Despacho Presidencial, la PCM inició un proceso disciplinario, que vino acompañado de una medida cautelar para que no ingrese a Palacio hasta que se resuelva el proceso administrativo.
Beder Camacho interpondrá un proceso contencioso administrativo contra su destitución.
La falta atribuida al exsubsecretario general era la de realizar funciones que no le correspondían. Se refieren a que, en agosto de 2022, habría realizado trámites ante la Embajada de México y Venezuela para que uno de esos países otorgue asilo político a la esposa de Pedro Castillo y entonces primera dama Lilia Paredes, quien para ese momento ya venía siendo investigada por la Fiscalía.
Ante la PCM, Camacho negó haber realizado dicha gestión, dijo que la imputación se le tenía que hacer en su calidad de secretario general y que como tal estaba en la obligación de cumplir con las funciones que le encomendó el presidente.
Sin embargo, en el documento se recuerda que el exsubsecretario reconoció en entrevista con RPP que sí acudió a las referidas embajadas a pedido de Pedro Castillo. Respecto a que supuestamente ostentaba el cargo de secretario general, se indicó que solo accedió al cargo por encargatura, pero mantenía su puesto de subsecretario general.
Así las cosas, en julio de 2023, el premier Alberto Otárola firma la resolución ministerial 155-2023-PCM, con la que se le impuso la sanción de destitución a Beder Camacho. Al igual que Bruno Pacheco, el exsubsecretario recurrió al Tribunal del Servicio Civil con la esperanza de revertir su situación. Sin embargo, el colegiado rechazó su apelación y confirmó la sanción en julio de este año.
“Esta Sala concluye que el impugnante (Beder Camacho) transgredió el principio de probidad, el deber de neutralidad y, asimismo, incurrió en la prohibición de obtención de ventajas indebidas. Conceptos éticos que, justamente, fueron vulnerados al haber realizado gestiones para tramitar el asilo de la esposa del expresidente Pedro Castillo”, concluyó la Primera Sala del Tribunal del Servicio Civil.
Beder Camacho dijo a La República que llevará el caso al Poder Judicial ya que considera que la sanción es injusta.