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Política

Análisis de decisión del PJ de reponer a Vásquez y Tello en JNJ: ¿qué se espera luego de esta medida?

Abogados constitucionalistas indicaron que el Congreso y la Junta Nacional de Justicia (JNJ) deben respetar la decisión del Poder Judicial e incorporar de inmediato a los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez a la JNJ.

JNJ
La Junta Nacional de Justicia no puede desobedecer la orden del Poder Judicial de reincorporar a Inés Tello y Aldo Vásquez en JNJ: así lo informaron los letrados Cairo y Campos. Foto: composición LR/Andina

El abogado constitucionalista y defensa de la magistrada Inés Tello, Omar Cairo, se pronunció acerca de la decisión del Poder Judicial de ordenar reponer a Aldo Vásquez y a su defendida en la Junta Nacional de Justicia (JNJ). El letrado consideró dicha medida como “acertada” y a favor del sistema democrático del país.

“(La medida del Poder Judicial) priva de eficacia a una decisión parlamentaria fraudulenta porque incluyó los votos de congresistas que estaban prohibidos por la Constitución y por el reglamento del Congreso de votar. La decisión del Congreso era de contenido puramente político sustentada en la discrepancia de opinión de un número de congresistas con los miembros de la Junta, además de que el Congreso no está permitido de inhabilitar por esa razón”, declaró el abogado Cairo en diálogo con este medio.

A su vez, Heber Joel Campos, profesor de Derechos Constitucionales en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), se manifestó al respecto. El profesional resaltó que el Poder Judicial ha tomado esta decisión a favor de los magistrados que fueron inhabilitados de ejercer la función pública, conforme a lo expuesto por los especialistas en derecho constitucional.

“Nosotros habíamos señalado que la decisión del Congreso tenía bastantes problemas, no solo por el tema del fondo (…), sino también por cuestiones de forma que tienen que ver con el hecho de que integrantes de la Comisión Permanente, que según la Constitución están impedidos de votar, lo hicieron”, refirió.

Poder Judicial no interviene en competencias del Congreso

Asimismo, Cairo aclaró que, con dicha medida, el Poder Judicial no interviene en las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República; solo ha evaluado la resolución de dicho poder del Estado y ha determinado que la decisión del Parlamento afectó los derechos fundamentales de Aldo Vásquez e Inés Tello.

“El control y la anulación de decisiones del Congreso por contravenir la Constitución es competencia de los jueces del Poder Judicial; la competencia del Congreso es decidir a quién nombra miembro de algunos órganos, censurar a algunos órganos; mientras que, en el caso del juicio político, su función es decidir si un funcionario ha cometido o no infracción a la Constitución, pero lo que no es su competencia es adoptar esa decisión transgrediendo derechos fundamentales. Cuando eso ocurre es competencia del Poder Judicial, según el Tribunal Constitucional, anular esas decisiones del Congreso”, apuntó.

“El Poder Judicial concluyó que sí se han afectado los derechos de los miembros de la JNJ porque para llegar a la decisión el Congreso ha incluido los votos de los congresistas que estaban impedidos de participar”, añadió.

Omar Cairo. Foto: Andina

JNJ: ¿qué se espera luego de medida del Poder Judicial a favor de Vásquez y Tello?

Los abogados se manifestaron acerca del rechazo del Congreso a la medida de la Corte Superior de Justicia de Lima de declarar fundada la demanda de amparo presentada por los magistrados para que ambos sean reincorporados en la JNJ e informaron qué se espera luego de la orden del Poder Judicial.

Los letrados indicaron que el Congreso está “obligado a cumplir” la medida del Poder Judicial, al igual que la Junta Nacional de Justicia; sin embargo, si el Parlamento está en contra de esta decisión, puede interponer un recurso de apelación contra la resolución judicial. En ese sentido, Cairo aseguró que esta interpelación no paralizaría el proceso de reintegración de los magistrados.

“En todo caso el papel del Congreso en estas circunstancias es casi nulo porque quien tiene que reincorporar materialmente a Inés Tello y Aldo Vásquez es la Junta. La Junta los tiene que recibir y restablecer todas las condiciones para que se reincorporen a sus labores, y el defensor del Pueblo tiene que abstenerse de juramentar al suplente. La resolución judicial involucra la prohibición de juramentar al suplente porque ya se ha decidido reincorporar a los titulares”, dijo el abogado Cairo.

“El Congreso puede apelar a la decisión del Poder Judicial y me imagino que eso harán. Será una instancia superior que se pronuncie sobre esa apelación, pero mientras tanto no puede evitar que los magistrados se reincorporen. No hay espacio para sostener que esta decisión no se cumpla”, declaró, a su turno, Campos.

Heber Joel Campos. Foto: La República

¿Qué pasaría si la JNJ desobedece la orden judicial?

La Junta Nacional de Justicia estaría cometiendo un delito de desobediencia a la autoridad judicial, aseveró la defensa legal de Inés Tello, Cairo.  “Es improbable por la calidad que tiene la JNJ”, adicionó.

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