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Política

Poder Ejecutivo promulga ley de retorno a la bicameralidad tras su aprobación en el Congreso

La ley de retorno a la bicameralidad establece que el Congreso este conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

bicameralidad
La norma de retorno a la bicameralidad fue suscrita por la presidenta Dina Boluarte y el primer ministro Gustavo Adrianzén. Foto: composición LR/Andina

Este miércoles 20 de marzo, el Poder Ejecutivo promulgó la ley que reforma la Constitución Política del Perú para el retorno a la bicameralidad en el Perú. La norma fue publicada en el diario oficial El Peruano. De esta manera, el Gobierno determina que el Poder Legislativo estará conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

Esta disposición fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 6 de marzo con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención, pese a que en el referéndum que se realizó en el 2018, los ciudadanos desaprobaron modificar la Carta Magna para llevar a cabo dicha medida.

La ley estable que el Senado estará integrado por 60 senadores, elegidos por un periodo total de 5 años; mientras que la cámara de Diputados contará con 130 diputados. Cabe señalar que, las personas que deseen postular al Senado deben tener 45 años y haber asumido el cargo de congresista o diputado, mientras que los ciudadanos que aspiran al cargo de diputado deben contar como mínimo con 25 años.

Bicameralidad: ¿Qué artículos de la ley 31988 fueron modificados?

De acuerdo a la promulgación de la ley 31988, Ley de Reforma Constitucional, que determina la bicameralidad en el Congreso, se modificaron los artículos 2, 39, 56, 57, 78, 79, 80, 81, 82, 86, 87, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 104, 105, 106, 107, 108, 117, 118, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 139, 142, 150, 157, 161, 162, 182, 183, 191, 194, 201, 203 y 206 de la Constitución Política.

“Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio de la Nación y, en ese orden, los senadores y diputados, ministros de Estado, magistrados del Tribunal Constitucional y de la Junta Nacional de Justicia, los jueces supremos, los fiscales supremos y el defensor del pueblo, en igual categoría; y los fiscales supremos y el defensor del pueblo, en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley”, se precisa en el artículo 39.

Se pronuncian sobre el retorno a la bicameralidad

La congresista de Cambio Democrático-Juntos por el Perú, Ruth Luque, informó acerca de la promulgación de la ley de retorno a la bicameralidad por medio de sus redes sociales. La parlamentaria indicó lo siguiente: “Hoy se publica la modificatoria de más de 50 artículos de la Constitución, sin referéndum, sin participación ciudadana”.

A su vez, la legisladora de Perú Libre, María Agüero Gutiérrez, señaló que "la dictadura congresal de derecha se impuso sobre los intereses del pueblo" y aclaró que su bancada votó en contra de la bicameralidad. "Cada vez está más vigente la necesidad de una Asamblea Constituyente hecha por y para el pueblo", dijo.

Por su parte, la congresista de Fuerza Popular, Vivian Olivos, indicó que aprobar la bicameralidad "es la mejor decisión que tomó el Congreso". "Espero no ver a ningún político o congresista que criticó la bicameralidad postulando. Tengo memoria y se los haré recordar. Ahora toca que los peruanos elijan a los mejores", publicó en su cuenta oficial X (antes Twitter).

Asimismo, el abogado constitucionalista Luciano López consideró que no es adecuado regresar a la bicameralidad, porque no hay una reforma política. "Desde el 2017 a la fecha se ha demostrado que las grandes crisis no han podido ser solucionadas porque el modelo constitucional no tiene las adecuadas herramientas para hacerlo", declaró.

Además, indicó que "no es posible la reforma constitucional con el próximo Congreso, porque ahora la valla de votación se eleva ". En esa línea, señaló que para hacer reformas constitucionales sin referéndum, se requerirá "87 votos en la cámara de Diputados y 41 votos en la cámara de Senadores, en dos legislaturas ordinarias sucesivas"; mientras que si se realiza con referéndum, se necesitará "67 votos de Diputados y 31 en la de Senadores en una legislatura ordinaria ".

"Este es el momento que para pensar qué podemos hacer y si vamos a dejar que continúen las cosas como están (...) Hoy no es un retorno a la bicameralidad es una duplicación de la mediocridad sin una reforma política", finalizó.

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