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Política

El referéndum es la única manera de saber si el pueblo quiere un cambio de Constitución, dice experto

Desde Puno, el abogado Felipe Iruri detalló que Congreso de la República no debió aprobar la Ley 31399, la cual establece que toda reforma constitucional vía referéndum debe ser aprobada por el Parlamento.

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Felipe Iruri cuestionó accionar del Congreso con relación al referéndum. Foto: La República/Juan Carlos Cisneros

Felipe Iruri Dávila, abogado y actual defensor público, fue convocado por el Colegio de Abogados de Puno para disertar en el conversatorio “El ajedrez con trampa: Una mirada al equilibrio de poderes”. En el evento se puso en debate el cambio de la Constitución y cómo perjudicaría a este propósito la restricción del derecho fundamental al referéndum para iniciativas de reformas constitucionales, el cual fue promovido por el Congreso de la República.

Según Iruri Dávila, el referéndum es el derecho que tiene la ciudadanía en los asuntos públicos y políticos de un Estado. En ese marco, consideró que el referéndum es la única forma de saber si los ciudadanos están de acuerdo o no con el cambio de la Carta Marga vía asamblea constituyente.

Recordó que desde una perspectiva jurídica y política, la Constitución tiene el propósito de asegurar la plena vigencia de los derechos fundamentales y consagrar las condiciones básicas del desarrollo del hombre en una sociedad. ¿Esta Constitución permite el desarrollo de todos?, preguntó.

Señaló que la pandemia desnudó la realidad peruana porque se puso en evidencia que el ciudadano está a merced del mercado. En su perspectiva, el Perú no produce ni un barbijo y cree que si no se desarrolló tecnología para ello ni programas que impulsen desarrollo tecnológico, es porque la actual Constitución ató de pies y manos al Estado. Cree que bajo esa línea sí hay las condiciones para optar por el cambio de la Constitución, debido a la realidad que vive el país.

“Es atribución del pueblo el cambio de Constitución y no de un congresista”, dijo. En ese marco, se mostró contra la decisión del Congreso que aprobó la Ley 31399, la cual establece que toda reforma constitucional vía referéndum debe ser previamente aprobada por el Parlamento.

Iruri dijo que el Tribunal Constitucional debe declarar la inconstitucionalidad de la mencionada ley, porque infringe el artículo 2°, inciso 17 de la Carta Magna, que reconoce el derecho fundamental de la ciudadanía a la participación política mediante referéndum.

“Además contraviene el artículo 31° de la Carta Magna, que reconoce el derecho de toda persona a participar en los asuntos públicos mediante referéndum”, dijo.

Finalmente aseguró que cada norma y sobre todo la Constitución de un país, tiene valor, una filosofía o interés de cada grupo social dominante. En ese marco precisó que hay interés político y económico en seguir manteniendo vigente la actual Constitución de 1993.