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Política

Absuelven a congresista Guillermo Bermejo de terrorismo

Sala Penal. Magistrados concluyeron que las declaraciones de colaboradores y testigos eran referenciales, de oídas y no aportaban prueba concluyente sobre las presuntas visitas de adoctrinamiento a los campamentos senderistas en el Vraem.

Absuelto. Congresista Guillermo Bermejo agradeció a Dios por la decisión de los jueces. Foto: difusión
Absuelto. Congresista Guillermo Bermejo agradeció a Dios por la decisión de los jueces. Foto: difusión

El congresista Guillermo Bermejo fue absuelto de la acusación penal que le realizó el Ministerio Público y la Procuraduría del Estado de estar afiliado al grupo terrorista Sendero Luminoso.

Tras ocho meses y 13 días de audiencias públicas, la Segunda Sala Penal Superior Nacional, integrada por los jueces Andrés Churampi Garibaldi, Marco Angulo Morales y Luis Fernando Cerrón Rengifo, concluyó que la prueba era insuficiente para sustentar un fallo condenatorio.

“La prueba de cargo presentada en las audiencias contra Guillermo Bermejo es mínima y proviene solo de colaboradores eficaces y testigos de referencia, sin prueba adicional que corrobore lo que ellos dicen”, explicó el presidente y director de debates, Andrés Churampi.

Esta es la segunda vez que Bermejo es absuelto de las acusaciones por terrorismo. Un tribunal distinto, de la Sala Penal Nacional, también lo absolvió en agosto del 2017, igualmente, por insuficiencia probatoria.

Juicio

La Procuraduría apeló y logró que la Corte Suprema anulara la absolución y dispusiera un nuevo juicio, que se inició el 18 de mayo del 2021, después de que Bermejo resultará electo congresista por el partido Perú Libre.

La Fiscalía y la Procuraduría presentaron las mismas pruebas del primer juicio: la declaración de cinco colaboradores eficaces, testigos con identidad protegida y el informe de un coronel de la policía antiterrorista. Todo esto se volvió a evaluar con los jueces.

El veredicto resultó el mismo que hace 4 años. Andrés Churampi leyó una síntesis de la sentencia dando a conocer a los abogados, al acusado y al público las partes más resaltantes de su decisión: el sustento jurídico, los cargos, las pruebas evaluadas y las conclusiones.

Precisó que es doctrina jurisprudencial reconocida por la Corte Suprema y las instancias internacionales de derechos humanos que es insuficiente la declaración de un colaborador eficaz para condenar a una persona.

Churampi enfatizó que para una sentencia condenatoria las declaraciones del colaborador y/o de los testigos, más tratándose de testigos con identidad oculta, deben estar corroboradas con otras pruebas, para destruir la presunción de inocencia.

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Los cargos

A continuación, el juez precisó que la acusación contra Guillermo Bermejo sobre presunta filiación terrorista se sustentaba en tres hechos:

1) Haber viajado desde Huancayo hasta los campamentos senderistas de los Quispe Palomino en la zona de Huachipata, en la selva de Ayacucho, entre febrero y marzo del 2009; 2) haber recibido adoctrinamiento ideológico y en el manejo de armas y; 3) haber realizado tareas de apoyo a favor de Sendero Luminoso en el exterior.

Hechos que se sustentan en las declaraciones de los colaboradores eficaces 1FPSPA3022, CDTSA-1969, 1FPSPA3006, CDTSA-1969, 1FPSPA3022, el testigo Wilder Satalaya Apagueño, y el testigo experto Max Orlando Anhuamán Centeno.

El tribunal concluyó que los colaboradores solo coinciden en la existencia del desplazamiento de Huancayo hasta Huachipata, pero mientras uno dice que lo recibieron Víctor y Jorge Palomino, Wilder Satalaya dijo que fue recibido por el “camarada Lucio”.

Sobre el adoctrinamiento, ninguno de los colaboradores fue testigo del hecho. Declararon que todos los que llegaban recibían adoctrinamiento, pero no pudieron asegurar que Bermejo lo recibió, de qué tipo y si firmó una carta de sujeción. Otro declaró que llegó al campamento como invitado, no como militante.

Sobre el tercer punto, nadie vio nada, solo dicen que el “camarada Alipio”, la “camarada Olga” o el mismo Bermejo les comentó que había recibido un USB para difundir las ideas senderistas en Colombia, con las FARC.

Sobre la declaración del coronel PNP Max Ahuaman Centeno, el tribunal indicó que la información de este testigo se refieren a actividades en Huanta y Pichari con los cocaleros, en agosto del 2008, lo que no tiene relación con el lugar y año descrito en la acusación.

El referido coronel también refirió reuniones de Bermejo con el senderismo, pero por versión de Javier Antonioni, ya fallecido. Ahuaman no vio nada, por eso no denunció ninguna actividad terrorista.

Absuelto

Con base en lo cual, los jueces consideraron que los testimonios no eran concluyentes sobre la responsabilidad, pues no tienen más sustento que lo que el colaborador o el testigo dice.

Además, que se debe tener en cuenta que un colaborador es alguien que admite haber cometido un delito y espera tener un beneficio por esa colaboración, de allí que su testimonio no puede tomarse como concluyente, sin otra prueba.

Procuraduría y Fiscalía anunciaron apelación

La Fiscalía y la Procuraduría anunciaron que apelarán para que la sentencia sea revisada nuevamente por la Sala Penal de la Corte Suprema. Eso supondría, de encontrar respaldo, que se realice un tercer juicio.

“Gracias a Dios y a todos los que confiaron en mí: la justicia me volvió a absolver. Ahora a seguir construyendo la patria que soñamos!”, escribió el congresista Guillermo Bermejo, en su cuenta de Twitter, luego de concluir la lectura de la sentencia.

“Saludo el fallo de la Sala Penal del Poder Judicial de absolver al congresista Guillermo Bermejo del cargo de afiliación al terrorismo, asimismo, quienes lo han acusado sin pruebas, debieran ser procesados por los daños causados”, señaló por su parte Vladimir Cerrón, líder de Perú Libre.

Al absolverlo, la Segunda Sala Penal Superior Nacional dispuso anular los antecedentes penales y judiciales del congresista Bermejo.

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