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Política

CPP y ANP tras sentencia a Acosta y Pimentel: “Es un nefasto precedente”

Entidades se pronunciaron contra la sentencia a los dos periodistas y la editorial Penguin Random House a raíz de la denuncia presentada por César Acuña. Esto, tras la publicación del libro Plata como cancha.

Christopher Acosta y Jerónimo Pimentel fueron sentenciados a pagar el monto de S/ 400.000 a César Acuña como reparación civil. Foto: composición/La República
Christopher Acosta y Jerónimo Pimentel fueron sentenciados a pagar el monto de S/ 400.000 a César Acuña como reparación civil. Foto: composición/La República

Pronunciamiento. El Consejo de la Prensa Peruana (CPP) y la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) rechazaron la sentencia impuesta por el Poder Judicial, este lunes 10 de enero, contra los periodistas Christopher Acosta, Jerónimo Pimentel y la editorial Penguin Random House por unos “supuestos daños” al líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña.

De acuerdo a ambas instituciones, esta decisión del juez Raúl Jesús Vega, del 30 Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia Lima, abre “un nefasto e histórico precedente contra la libertad de expresión en el Perú”.

En ese sentido, emitieron un comunicado dando a conocer su rechazo por condenar a ambos periodistas a raíz de la publicación del libro Plata como cancha. El magistrado impuso dos años de pena privativa suspendida contra el periodista Christopher Acosta y Jerónimo Pimentel, director general de la editorial.

(El juez) ha condenado a un periodista por reconstruir el perfil de un excandidato presidencial y líder de un partido político utilizando citas textuales de terceras personas, pero que bajo su criterio no habrían sido corroboradas por fuentes confiables”, se lee.

El juez Raúl Vega, además, señaló que la ejecución se suspende al término de un año, pero quedando sujeto a las reglas de conducta. Asimismo, fijó en S/ 400.000 la reparación civil que deberán pagar el escritor y la editorial Penguim Random House a favor de César Acuña Peralta.

“Así, bajo el razonamiento del juez Vega, un juzgado puede sin mayor motivación determinar qué fuentes son válidas y cuáles no, un criterio que no solo es arbitrario, sino que también atenta con el quehacer periodístico y el legítimo derecho de la ciudadanía de recibir información de interés público”, expresaron.

Según el pronunciamiento, esta sentencia ignora que, en 2004, a raíz de un caso similar ocurrido en Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó en ese país anular una sentencia condenatoria contra el periodista Mauricio Herrera Ulloa por haberle requerido que probara la veracidad de las declaraciones de terceros, lo que provocaba una limitación excesiva a la libertad de expresión.

Por su parte, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha manifestado que: “la publicidad de información proveída por terceros no debería verse restringida por la amenaza de responsabilizar al informador simplemente por reproducir lo manifestado por otro. Indudablemente implicaría una restricción innecesaria que limita considerablemente el derecho de todas las personas a estar informado”.

El Consejo de la Prensa Peruana y la Asociación de Periodistas pedirán a la brevedad una visita del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH. Esto, para que se investigue lo sucedido en dicha sentencia. Finalmente, las entidades “esperan que en la siguiente instancia, tras la apelación, se garantice, realmente, la libertad de expresión”.

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