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Política

TC: Ponencia de Ledesma plantea declarar inconstitucional vacancia presidencial

La presidenta del Tribunal Constitucional propone que la demanda competencial contra el Congreso se declare fundada, pero no se pronuncia sobre eventual retorno de Martín Vizcarra.

larepublica.pe
Un TC débil. Sin debate, el Congreso retira libertad de opinión y voto de miembros del TC. Foto: John Reyes

Marianella Ledesma, presidenta del Tribunal Constitucional (TC), plantea en su ponencia declarar inconstitucionales las causales para las dos vacancias que promovió el Congreso de la República contra Martín Vizcarra.

Sin embargo, en su propuesta no incluye sobre un eventual retorno del exmandatario al máximo cargo público, según fuentes de La República.

La magistrada resalta que este escenario debería darse luego de declarar fundada la demanda competencial que interpuso el Poder Ejecutivo, cuando Vizcarra Cornejo lo lideraba, contra el primer intento de destitución.

El recurso que interpuso el gobierno busca que el TC delimite las interpretaciones que use el Parlamento para la causal de “incapacidad moral permanente” de la vacancia presidencial. La misma fue usada para ambos procesos de destitución.

La iniciativa de Ledesma fue presentada al mediodía de este lunes ante sus colegas, quienes deberán analizar sus argumentos y debatir si la apoyan o no. En su planteamiento además propone elevar a 104 votos el número mínimo de votos de los parlamentarios para una vacancia presidencial.

Cabe señalar que hasta el momento en la Constitución Política se determina que con 87 votos se puede vacar a un presidente. El Parlamento decidió sacar del cargo a Martín Vizcarra por las declaraciones de aspirantes de colaboración eficaz que aseguraron haberle dado coimas cuando era gobernador regional de Moquegua.

Procuraduría solicitó incluir la segunda vacancia

El procurador Luis Huerta solicitó al máximo órgano incluir en la demanda competencial la segunda vacancia de Martín Vizcarra Cornejo, que terminó por sacarlo del cargo el 9 de noviembre.

"... corresponde al Tribunal Constitucional pronunciarse sobre este nuevo hecho, de amplio conocimiento y debate público, y evaluar la aplicación al mismo del artículo 113º del Código Procesal Constitucional, sobre la anulación de las “disposiciones, resoluciones o actos viciados de incompetencia”, precisa el documento al que tuvo acceso este diario.

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