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Política

Aprobaron ley para que el Minsa use instalaciones de clínicas en casos de emergencia sanitaria

El Pleno del Congreso aprobó por insistencia norma para garantizar el servicio público de salud cuando exista un elevado riesgo hacia la vida de la población.

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El Pleno del Congreso aprobó por insistencia que el Ministerio de Salud pueda usar las instalaciones de las clínicas en casos de emergencia sanitaria.

Dicha medida forma parte de la autógrafa de los proyectos de ley 4865, 4872, 4926 y 5251, que buscan garantizar el servicio público de salud cuando exista un elevado riesgo hacia la vida de la población.

La norma fue aprobada con 110 votos a favor, cero en contra y ninguna abstención el pasado jueves 25 de junio.

En ese sentido, se establece que durante la declaratoria de emergencia sanitaria, los equipos biomédicos e infraestructura de los centros y establecimientos de salud privados serán puestos a disposición del Ministerio de Salud en calidad de ente rector del sistema nacional de salud. 

Por su parte, el Minsa definirá los planes de acción para disminuir el riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, así como las acciones necesarias para cubrir los costos en que se incurran por el mantenimiento de los equipos, insumos y medicamentos por parte de este sector.

Ello se realizará con el presupuesto asignado para la emergencia sanitaria, priorizando los lugares del país donde se detecten los mayores índices de riesgo y letalidad. 

Asimismo, la nueva ley señala que de manera excepcional, y mientras dure el estado de emergencia sanitaria, se suspenda la exigencia del servicio rural y urbano marginal de salud (Serums) como requisito para contratar personal de la salud en los establecimiento del Minsa.

También se incluye a las direcciones o gerencias regionales de salud, el Seguro Social de Salud (Essalud), y la sanidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) supervisará y sancionará a los centros y establecimientos de salud privados frente al incumplimiento de las disposiciones señaladas en la norma.

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