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Política

Manuel Merino: SBS tiene 15 días para reglamentar ley del retiro de fondos de las AFP

El presidente del Congreso comentó que la SBS deberá detallar la forma en que el afiliado enviará su solicitud de desembolso y los canales por donde se realizará el retiro.

Manuel Merino de Lama de Acción Popular presidirá la Mesa Directiva. Foto: El Peruano.
Manuel Merino de Lama de Acción Popular presidirá la Mesa Directiva. Foto: El Peruano.

El presidente del Congreso, Manuel Merino de Lama, informó que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) dispone de 15 días para reglamentar la ley del retiro del 25% de los fondos de la AFP.

“Es un esfuerzo del parlamento nacional el hecho de sacar adelante esta ley, equivalente a S/ 12.900 y que ahora está en manos de la SBS para determinar las forma hacer efectiva la norma”, señaló en diálogo con Radio Nacional.

Asimismo, indicó que las personas que retiraron anteriormente de sus fondos los S/ 2.000, pueden hacer su trámite y retirar el saldo para completar el monto establecido en la norma.

Merino de Lama también envió un saludo y reconocimiento a todos los trabajadores del país, y en especial a los que se mantienen en sus puestos enfrentando la pandemia de la COVID-19.

Por último, indicó que en la agenda del Congreso está pendiente la renuncia de la segunda vicepresidenta Mercedes Araoz, el tema del pedido de suspensión de los peajes y se tiene programado la presentación del Consejo de Ministros en el parlamento nacional.

Congreso aprobó el retiro del 25 % de las AFP

El Congreso de la República aprobó la Ley 31017, que autoriza el retiro de hasta el 25% del total de sus fondos acumulados de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, con la finalidad de aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional.

La norma busca contrarrestar los efectos económicos negativos por el estado de emergencia nacional por el coronavirus, con un monto máximo de retiro el equivalente a S/ 12.900 (3 UIT) y como monto mínimo S/ 4.300 (1 UIT).

La entrega de los fondos se efectuará en un 50% en un plazo de 10 días calendario de presentada la solicitud ante la Administradora Fondos de Pensiones (AFP) a la que pertenezca el afiliado.

Mientras que el restante 50 % a los 30 días calendario del primer desembolso.

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