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Política

JNE: Está prohibida la publicidad estatal en Elecciones 2020

Según informó el ente electoral, la medida rige desde que se convocó a los comicios de enero del 2020.

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20 días después de la convocatoria a las elecciones congresales de enero del 2020, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó a las entidades y dependencias públicas que está prohibido la difusión de cualquier tipo de publicidad estatal debido a los mencionados comicios.

De acuerdo informó el ente electoral a través de su página web, la medida, estimada en el artículo 192 de la Ley Orgánica de Elecciones, rige desde el momento que se convoca a elecciones. En el presente caso, la fecha se ajusta al pasado 30 de setiembre, día que el presidente de la República, Martín Vizcarra, disolvió constitucionalmente el Congreso y convocó a elecciones parlamentarias, hechos concretados mediante el Decreto Supremo N° 165-2019-PCM.

Además, JNE mencionó que la prohibición, que rige a nivel nacional, podría exceptuarse solo si la publicidad estatal sea impostergable o de utilidad pública.

En otro momento de su publicación, el ente sostuvo que, mientras no se activen los 60 Jurados Electorales Especiales (JEE), previstos para noviembre y diciembre próximos, la institución pública responsable deberá dar cuenta de los avisos publicitarios a la Dirección Central de Gestión Institucional del JNE.

De acuerdo al reglamento mencionado, ante una infracción los JEE podrán ordenar el cese, retiro o adecuación de la publicidad estatal, según corresponda, bajo apercibimiento de imponer sanción de amonestación pública y multa que oscila entre 30 y 100 UIT, así como de remitir copia de los actuados al Ministerio Público en caso de incumplimiento.

En ese sentido, el JNE exhorta a las entidades y dependencias públicas a respetar la legislación vigente sobre publicidad estatal.

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