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Opinión

Una victoria de Puno contra la impunidad

TC emite sentencia en favor del Colegio de Abogados puneño contra el DL que criminalizaba la protesta, emitido durante el gobierno de Dina Boluarte.

Editorial
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El derecho a la protesta es una de las expresiones más primigenias y más genuinas de la democracia. Cuando los ciudadanos salen a las calles a exigir que el poder rinda cuentas, están ejerciendo algo que las constituciones modernas reconocen como fundamental. Eso es la capacidad de disentir y de recordarle al Estado, en suma cuenta, que existe una sociedad que lo observa y que puede organizarse para cuestionarlo. Sin ese derecho, la democracia se convierte en un procedimiento vacío donde los ciudadanos solo participan el día que votan sin capacidad de exigir rendición de cuentas al poder. Por eso, cada vez que un gobierno intenta criminalizar la protesta, está atacando algo más que una movilización. Está atacando el principio mismo de la rendición de cuentas.

Lo que hizo el gobierno de Dina Boluarte con el Decreto Legislativo 1589, firmado el 4 de diciembre de 2023 con Alberto Otárola como premier, fue exactamente eso. El decreto llegó a pocos meses de las masacres de diciembre de 2022 y enero de 2023, cuando la Policía mató a decenas de ciudadanos que ejercían su derecho a la protesta en el sur del país, la mayoría en Puno.

En lugar de investigar esas muertes, el gobierno criminalizó las protestas que las denunciaban, usando facultades delegadas por el Congreso de mayoría conservadora, con la anuencia fujimorista. Los artículos 283-A y 315-B que incorporó en ese momento al Código Penal sancionaban con hasta seis años de cárcel a quien proveyera cualquier bien o recurso a personas que protestaran. En ese sentido, llevar agua a un manifestante podía constituir delito.

Ante ese atropello, el Colegio de Abogados de Puno demandó al Poder Ejecutivo ante el TC y esta semana les dieron la razón a través de la Sentencia 167/2026, adoptada por unanimidad. Los artículos en mención fueron declarados inconstitucionales. La resolución afirma que el derecho a la protesta asiste a toda persona sin distinción de su origen, edad u opinión, y frente al cual el Estado también tiene deberes como el respeto, la facilitación para la protesta y la protección de la vida.

Por ello, vale afirmar que la victoria es de Puno, la región que más muertos tuvo durante la actuación estatal durante los primeros días del gobierno de Boluarte.

La sentencia llega en un momento que no es neutral. El nuevo gobierno propone militarizar la seguridad ciudadana y la ley del fuero militar promulgada por Rospigliosi blindaría de la justicia ordinaria a los policías que intervengan en protestas. El TC acaba de decirle al país que protestar es un derecho y que el Estado debe protegerlo.

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