
Ricardo Morán tuvo una larga lucha de cuatro años y medio por los derechos de sus dos hijos luego de que el Reniec no les otorgara la nacionalidad peruana. Sin embargo, el Tribunal Constitucional falló a favor y ordenó que dicha institución inscriba inmediatamente a los menores de edad. De tal manera que, este 20 de octubre, sus primogénitos fueron reconocidos con su partida de nacimiento y próximamente con sus respectivos DNI.
PUEDES VER: Tribunal Constitucional ordena al Reniec a inscribir a los hijos de Ricardo Morán como peruanos

Desde que los hijos del guionista nacieran por gestación subrogada, el Reniec les puso trabas para lograr su inscripción; sin embargo, HOY la familia celebra la resolución del TC que por fin pudo entregarle el derecho a la ciudadanía peruana a los menores. Ricardo Morán se pronunció y dijo: "Mientras una sola persona no tenga reconocidos sus derechos fundamentales, no podrá haber progreso para todos los peruanos. Que esa sea nuestra misión. Todas las familias son necesarias, todas son valiosas, no importa cómo estén conformadas".
Ricardo Morán inscribe a sus hijos en Reniec. Foto: Press management & Booking
El productor de 'El gran chef: famosos' también agradeció a quienes lo acompañaron en el proceso. "Queremos agradecer a nuestra familia y amigos, a nuestro abogado Oscar Cubas, y a todas las personas que nos han acompañado con su cariño en este largo viaje. El mundo es hoy para nosotros un lugar más acogedor, bello y alegre", comentó.
El Tribunal Constitucional ordenó, el último 13 de octubre, que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil inscriba a los hijos de Ricardo Morán como ciudadanos peruanos. El hecho fue celebrado por el entrañable jurado de 'Yo soy', quien en aquella oportunidad escribió en su cuenta de Instagram: "Se hizo justicia".
Ricardo Morán festejó al saber que sus hijos son oficialmente peruanos. Foto: composición LR/Instagram/difusión
El argumento del Reniec, el que el máximo órgano constitucional no estimó como válido, fue que el artículo 21 del Código Civil, modificado por la Ley 28270, indica que solo la madre puede inscribir a sus hijos con apellidos, pero no reconoce el mismo derecho al padre.





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