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Economía

SBS eleva a S/123.000 el monto que protege tus ahorros: ¿qué depósitos están cubiertos?

La cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) aumentó en S/1.000 y estará vigente entre setiembre y noviembre de 2026. El seguro protege los depósitos de los ahorristas ante la intervención o liquidación de una entidad financiera miembro del fondo.

La diversificación entre entidades que formen parte del FSD puede reducir la exposición a una eventual intervención o liquidación de una institución.
La diversificación entre entidades que formen parte del FSD puede reducir la exposición a una eventual intervención o liquidación de una institución. | Composición LR/IA

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó a S/123.000 el monto máximo que cubre el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) por cada depositante, para el trimestre comprendido entre setiembre y noviembre de 2026. El nuevo límite representa un incremento de S/1.000 frente a los S/122.000 que estuvieron vigentes durante los tres meses anteriores.

El ente regulador informó que el nuevo monto fue calculado tomando como referencia la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM) acumulada desde diciembre de 1998 hasta agosto de 2026.

¿Qué significa que tus ahorros estén cubiertos hasta S/123.000?

El Fondo de Seguro de Depósitos es un mecanismo destinado a proteger a los depositantes cuando una entidad autorizada para captar depósitos es intervenida o liquidada por la SBS. La cobertura busca reducir el impacto que tendría para los ahorristas la salida de una entidad financiera del mercado.

En términos prácticos, si una persona mantiene depósitos en una entidad miembro del FSD y esta es sometida a un proceso que activa la cobertura, el fondo reconoce la devolución correspondiente hasta el límite establecido para cada periodo.

Por ello, el nuevo tope de S/123.000 no significa que todos los clientes recibirán automáticamente esa cantidad. El monto que corresponde a cada depositante depende de los depósitos cubiertos que mantenga en la entidad intervenida o liquidada, respetando el límite establecido.

¿Qué depósitos protege el Fondo de Seguro de Depósitos?

La cobertura alcanza a determinados depósitos nominativos, es decir, aquellos en los que figura el nombre del titular o titulares. Entre los productos comprendidos se encuentran los depósitos a la vista, cuentas de ahorro, depósitos a plazo y depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). También se consideran los intereses corridos correspondientes a estos depósitos.

El FSD también contempla determinados depósitos a la vista pertenecientes a personas jurídicas, con las exclusiones establecidas por la normativa. En cambio, no todos los recursos colocados en una entidad financiera están necesariamente protegidos por este mecanismo.

¿Por qué cambia cada tres meses?

El monto de cobertura no permanece fijo. La legislación establece que debe actualizarse trimestralmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM).

Esta metodología explica por qué el límite puede aumentar o disminuir de un trimestre a otro. Por ejemplo, en junio de 2025 la SBS redujo la cobertura de S/121.000 a S/120.500 debido a una variación negativa del IPM.

Posteriormente, el monto también registró modificaciones. Para el trimestre setiembre-noviembre de 2025 se estableció una cobertura de S/118.300.

La nueva actualización lleva el límite hasta S/123.000 para el periodo actual, lo que permite observar una recuperación respecto de los niveles registrados el año pasado.

¿Qué pasa si tengo más de S/123.000 en una cuenta?

Tener un saldo superior al límite no significa que el excedente esté cubierto por el FSD. La protección está sujeta al monto máximo establecido para el periodo correspondiente.

Por eso, para quienes mantienen ahorros elevados en una sola entidad financiera, el límite de cobertura constituye un elemento relevante al momento de decidir cómo distribuir sus depósitos. La diversificación entre entidades que formen parte del FSD puede reducir la exposición a una eventual intervención o liquidación de una institución.

La cobertura, además, no requiere que el ahorrista contrate un seguro adicional. El FSD funciona como un mecanismo de protección asociado a las entidades financieras que forman parte del sistema.

SBS también modificó las reglas del Fondo de Seguro de Depósitos

La actualización del monto ocurre pocas semanas después de que la SBS aprobara cambios en las reglas que regulan el propio Fondo de Seguro de Depósitos.

Mediante la Resolución SBS N.° 01960-2026, publicada en agosto, la entidad modificó las normas relacionadas con la cobertura, los recursos y el pago de las imposiciones cubiertas por el FSD. Entre los cambios se incorporó un esquema que considera un tamaño objetivo del fondo, con el propósito de asegurar que sus recursos sean suficientes frente a eventuales situaciones de estrés financiero y mantener su sostenibilidad en el largo plazo.

De esta manera, el nuevo monto de S/123.000 no constituye un cambio permanente en el límite de protección. Se trata de la cobertura máxima aplicable específicamente al trimestre setiembre-noviembre de 2026, por lo que el monto volverá a ser revisado en la siguiente actualización trimestral.

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