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Economía

Fonavi 2024: Guía para reclamar aportes de exaportantes fallecidos SIN testamento

Para acceder a los fondos, los herederos deben presentar sus documentos en las agencias del Banco de la Nación. Revisa qué familiares tienen prioridad.

larepublica.pe
Herderos de fonavistas pueden cobrar su dinero sin necesidad de testamento. Foto: composición LR/Andina

Los fonavistas continúan cobrando sus aportes en el Banco de la Nación, no solo los exaportantes, sino también los familiares de aquellos que han fallecido. Este trámite, gestionado por la Comisión Ad Hoc, permite a los herederos acceder a los aportes acumulados por los fonavistas sin la necesidad de presentar un testamento. Actualmente, los herederos que forman parte del grupo de Reintegro 2 pueden cobrar su dinero.

Hasta el momento, más de 144.000 personas han recibido sus desembolsos. Con este panorama, los familiares de los fonavistas fallecidos deben estar informados sobre el proceso para asegurarse de acceder a los aportes, siguiendo siempre el orden de prelación establecido.

¿Qué familiares del fonavista fallecido pueden reclamar sus aportes?

Según las directrices de la Comisión Ad Hoc, el cobro de los aportes del Fonavi para familiares de fallecidos sigue un orden de sucesión claro y preciso. En primer lugar, el derecho preferente lo tiene el cónyuge o conviviente del fonavista fallecido. Si no tiene cónyuge, los hijos ocupan el siguiente lugar en la línea de herencia. Si tampoco hay descendientes, los padres del exaportante pueden reclamar los fondos. Finalmente, si no hay cónyuge, hijos ni padres, el derecho de cobro pasa a los hermanos del fallecido.

Este orden garantiza que los herederos forzosos tengan prioridad para acceder a los aportes acumulados por el titular fallecido, evitando conflictos y facilitando el proceso de reclamación.

Fonavi requisitos: ¿qué documentos deben presentar los herederos?

Para poder cobrar los aportes del Fonavi, los herederos deben presentar ciertos documentos que varían según el vínculo con el fonavista fallecido. A continuación, los requisitos según el tipo de familiar:

  • Cónyuge o conviviente: Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho.
  • Hijos: Partida de nacimiento que acredite el parentesco con el exaportante.
  • Padres: Partida de nacimiento del fonavista fallecido.
  • Hermanos: Partidas de nacimiento del solicitante y del exaportante fallecido.

En todos los casos, será necesario presentar la partida de defunción del fonavista. Una vez reunida la documentación, los herederos deben firmar una declaración jurada en la que manifiesten ser beneficiarios de los aportes del fonavista fallecido.

Reintegro 2 Fonavi: mira si eres beneficiario en este LINK

El Reintegro 2 del Fonavi es una etapa clave en la devolución de aportes para los exaportantes y sus familiares. Si eres heredero de un fonavista fallecido y quieres verificar si formas parte del Reintegro 2, puedes hacerlo de manera rápida y sencilla desde casa. Solo necesitas ingresar al portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi y seguir estos pasos:

  1. Accede al sitio web oficial del Fonavi.
  2. Selecciona la opción “Consulte AQUÍ si es parte del segundo grupo, reintegro - agosto 2024”.
  3. Elige el tipo de documento (DNI, carné de extranjería, pasaporte, etc.).
  4. Introduce el número de documento y el código captcha.
  5. Haz clic en “consultar” para verificar si estás en el padrón de beneficiarios.

Si tu nombre aparece en el listado, podrás dirigirte al Banco de la Nación para hacer efectivo el cobro.

¿Hasta cuándo puedes cobrar tus aportes del Fonavi?

El cobro de los aportes del Fonavi no tiene una fecha límite inmediata, pero se recomienda que los beneficiarios realicen el trámite lo antes posible para evitar contratiempos. La Comisión Ad Hoc y el Banco de la Nación han implementado un proceso ordenado y eficiente para asegurar que todos los beneficiarios puedan acceder a sus fondos sin mayores complicaciones.

Fonavi Banco de la Nación: ¿cómo reclamar los aportes?

El cobro de los aportes del Fonavi se realiza exclusivamente en las agencias del Banco de la Nación, que cuenta con más de 560 oficinas en todo el Perú. Para hacer efectivo el cobro, los herederos deberán acudir a la oficina más cercana con los siguientes documentos:

  • DNI físico del solicitante.
  • Documentación que acredite el vínculo con el fonavista fallecido (partidas de nacimiento, matrimonio o defunción).
  • Declaración jurada firmada por el beneficiario.

El Banco de la Nación ha reiterado que el trámite es gratuito y no requiere intermediarios, lo que garantiza un proceso transparente y seguro. Además, la entidad está trabajando con la Comisión Ad Hoc para mejorar continuamente el sistema de atención, evitando largas esperas y agilizando los pagos a los beneficiarios.