Hace algunos días se hizo oficial la implementación de la conocida ‘Tasa Netflix’ a los proveedores digitales no domiciliados en nuestro país. De esta forma, alrededor de 600 empresas empezarán a pagar el 18% del Impuesto General a las Ventas (IGV) y deberán adecuarse a esta nueva normativa, que contempla la creación de un mecanismo de recaudación a través de la Sunat.
De acuerdo con el Decreto Legislativo N.º 1623, que modifica la Ley del IGV respecto al uso de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de Internet, tanto Netflix como otros proveedores que no cuenten con domicilio fiscal en Perú, deberán tramitar el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) en la Sunat, y así facilitar el acceso a una declaración oportuna de IGV.
De acuerdo con la información proporcionada por la Sunat, el Decreto Legislativo N.º 1623 no implica la creación de un nuevo impuesto, sino un mecanismo de recaudación del IGV correspondiente a los servicios digitales prestados por empresas proveedoras no domiciliadas en Perú, que son alrededor de 600.
En ese sentido, todas estas compañías "se ponen a disposición del usuario a través de Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet o cualquier otra red a través de la que se presten servicios equivalentes mediante accesos en línea y que se caracteriza por ser esencialmente automático y no ser viable en ausencia de la tecnología de la información", siempre que cumplan con lo siguiente:
Hasta el momento, no hay un precio oficial que haya sido fijado por la empresas proveedoras de servicios digitales. Sin embargo, si se toman en cuenta los montos que los usuarios pagan en la actualidad, así podría ser la variación:
Durante una entrevista con RPP, el titular de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Gerardo López, explicó que el proceso de cobro se realizará en dos fases. En una primera etapa, las empresas proveedores de servicios digitales pagarán directamente a Sunat, previa inscripción del RUC. Luego de ello, se incluirá a las entidades bancarias a través de las cuales, se realiza el pago.
“El proceso de inscripción de las empresas no domiciliadas se va a dar en la segunda quincena de agosto y durante el mes de septiembre de este año. A partir de octubre, lo que va a hacer la empresa no domiciliada es empezar a retener y percibir, y a partir de noviembre en adelante, porque va a ser una obligación mensual, declarar y pagar sus impuestos”, refirió.