Tras aprobarse en la Comisión de Trabajo y Comisión de Economía del Congreso sendos dictámenes que autorizan una nueva liberación del 100% de la Compensación por el Tiempo de Servicios (CTS), el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, manifestó su rechazo y propone no trastocar la legislación vigente.
En conferencia de prensa, aseguró que se debería respetar "un mínimo" de cuatro meses de desempleo para acceder a la CTS, ya que ese es el tiempo promedio que le toma a una persona reinsertarse al mercado laboral. La afirmación de Arista dejó más dudas que certezas, y al ser consultados por La República, desde el MEF aclararon que el ministro se refirió a retirar el dinero, pero dejar al menos cuatro sueldos.
Así, la postura de Arista se asemeja a la que rige en la Ley 30334, la cual establece que se podrá disponer solo del excedente de cuatro sueldos en su CTS.
Asimismo, el ministro Arista se refirió también a la autógrafa que da luz verde al retiro de 4 UIT de las AFP —ya en manos del Poder Ejecutivo— y aseguró que no la observarán.
“Lo que se ha acordado hoy es no observar la norma, respondiendo a la alta votación que ha recibido esta norma en el Congreso. Vemos que no es oportuno demorar más la promulgación de esta norma”, mencionó a los medios.
No todos los trabajadores tienen derecho a la CTS, como aquellos que laboran menos de cuatro horas diarias o los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público. También se detallan casos de embargo y retención de la CTS, detalló Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú.
“La Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio crucial para los trabajadores en Perú, y su correcto depósito es esencial para evitar multas y problemas legales. Se recomienda a las empresas cumplir con los plazos establecidos y conocer detalladamente las reglas para el cálculo y disposición de la CTS”, remarcó la especialista.