
Se dispuso imponer derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarios de la República Popular China, por un periodo de cinco años, así lo informó la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Mediante la resolución n° 293-2021/CDB-INDECOPI publicada en El Peruano se determinó la existencia de prácticas dumping en las exportaciones al Perú. Cabe señalar que el 14 de julio del 2021 la Comisión ya había dispuesto imponer derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de este producto por un periodo de seis meses.
“Imponer derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarios de la República Popular China, por un periodo de cinco años a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, según el siguiente detalle: derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarios de la República Popular China en dólares por kilo”, cita la resolución.





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