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Economía

Osinergmin, las empresas eléctricas y la puerta giratoria

Relaciones laborales. Funcionarios del organismo público supervisor de las inversiones en energía eléctrica suelen terminar como funcionarios de las empresas eléctricas. Eso no es ilegal, pero sí funcionaría como un control de la supervisión.

larepublica.pe
Osinergmin. El 23 de marzo debe fijar las nuevas reglas para el mercado eléctrico. Foto: difusión

La resistencia del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería a cumplir con la sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema que ordena terminar con la distorsión en el precio de la energía eléctrica podría encontrarse en las relaciones laborales de sus funcionarios con las empresas eléctricas.

Eso supuso que a fines de agosto del 2020 el Poder Judicial eliminara el DS 043 – 2017 EM que permitía a tres empresas generadoras de energía eléctrica, Kallpa, Engie y Enel, que utilizan gas natural para su producción, declarar que el costo de ese producto básico es cercano a cero.

Por lo cual debía emitirse una nueva normatividad legal para fijar el precio de venta de la energía eléctrica. Entonces, el Ministerio de Energía y Minas dispuso que el Comité de Operaciones Económico del Sistema (COES) presente a Osinergmin la nueva reglamentación técnica que debe aplicarse. El COES presentó una propuesta para cumplir con la sentencia que debe ser aprobada por el organismo supervisor el 23 de marzo.

Sin embargo, el Osinergmin ya ha hecho públicas observaciones que buscan mantener los privilegios del Decreto Supremo 043-2017 que perjudica a los millones de usuarios del sistema eléctrico.

¿Qué es lo que está pasando? ¿Por que un organismo público se opone al beneficio público a favor de tres empresas? La respuesta puede estar en el ir y venir laboral de los funcionarios de Osinergmin y las empresas eléctricas, comentan en el sector eléctrico.

¿Cómo así? El DS 043-2017 fue aprobado en la gestión ministerial de Cayetana Aljovín, en el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, participando como viceministra Angela Grossheim.

Esta funcionaria, Grossheim, había laborado previamente, por unos 7 años, como subgerente legal y directora de proyectos de IC Power, subsidiaria de Kallpa Generación, en unas termoeléctricas favorecidas con dicha norma.

Osinergmin

Otro caso evidente es el de Daniel Camac, quien luego de laborar por ocho años como gerente de Generación y Trasmisión Eléctrica de Osinergmin, del 2000 al 2008, y luego como viceministro del Minem, hasta el 2011, en mayo del 2012 se convirtió en vicepresidente comercial de Engie Perú, otra de las termoeléctricas beneficiadas por el DS 043.

Estos son los casos más llamativos, pero el mencionado organismo supervisor parece operar como la escuelita de los gerentes de las empresas eléctricas.

La sentencia debe cumplirse

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia busca que se establezca un costo fijo real para la contratación, transporte y distribución del gas natural que utilizan las empresas eléctricas.

Si se permite un costo variable, las empresas declaran el costo que más les conviene al momento de vender la energía eléctrica, distorsionando los precios reales.

Por ejemplo, con la distorsión de precios los hogares del país pagan hoy una energía eléctrica más cara que la que se vende a 2.000 grandes empresas nacionales.

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