Por: Luiz Alarcón C.
Desde el 2015 se publicaron 19 listas para la devolución de aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).
A la fecha, se aprobó más de S/ 1.336 millones para este pago. Y en total se han beneficiado 1.084.598 exfonavistas (ver infografía).
En esa línea, el Poder Ejecutivo publicó ayer una norma para agilizar los procedimientos de devolución de aportaciones.
Es así que redujo de 60 a 45 días el plazo para que los beneficiarios de los fonavistas fallecidos cobren dichos aportes.
Para percibir esta devolución, el beneficiario deberá presentar la solicitud de acreditación al Banco de la Nación.
Luego, esta entidad publicará en su portal institucional el nombre y número del DNI del solicitante que inició el trámite, el nombre del fonavista fallecido y la fecha de la presentación de la solicitud. Esto con el fin de comprobar si se presentan otros beneficiarios a quienes también les corresponda el pago.
“Esta información estaba publicada durante 60 días para conocimiento de quienes se pudieran oponer. Pero ahora la oposición al pago es de 45 días calendario desde la publicación. Solo se pueden oponer los beneficiarios del fonavista fallecido que no hayan sido considerados en el procedimiento iniciado y que acreditaran mayor o igual prioridad en el orden de prelación”, informó el Fonavi.
Transcurrido el plazo sin que se haya presentado oposición, el Banco de la Nación solicitará a la Secretaría Técnica la orden de pago para los beneficiarios acreditados.
Sin embargo, si dentro del plazo mencionado se acredita algún otro beneficiario del fonavista fallecido, el Banco de la Nación informará de este hecho a la Secretaría Técnica y solicitará la orden de pago para quien tenga mayor o igual prioridad de acuerdo al orden de prelación.
La devolución de aportes corresponderá según la jerarquía de beneficiarios; es decir, el orden de prelación excluyente.
En primer lugar le corresponde al cónyuge sobreviviente, que para acreditarse deberá presentar la partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho.
En segundo lugar se encuentran como beneficiarios los hijos, quienes deberán presentar su partida de nacimiento. Luego le siguen los padres y finalmente los hermanos.
No obstante, a falta de las personas indicadas, la devolución corresponde a quienes acrediten ser beneficiarios del fonavista fallecido, mediante sucesión intestada o testamentaria.
Si concurren dos o más beneficiarios con igual derecho, el total de la devolución será repartido entre ellos proporcionalmente y en partes iguales.
Fin. Fonavi se creó en 1979 para financiar viviendas a favor de trabajadores mediante el descuento de su sueldo. Pero en 1998 el aporte cambió de nombre a “Impuesto a la Solidaridad” y dejó un vacío legal en el destino del dinero.
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