
Hasta el 15 de julio, cerca de 5 millones de peruanos tienen derecho a recibir gratificación. Pero el caso de los practicantes es distinto, pues ellos no contarán con este dinero extra. El laboralista Ricardo Herrera explicó a La República los fundamentos legales.
“No tienen relación laboral. La ley dice que las prácticas son una modalidad formativa y son contratos que tienen los jóvenes con las empresas para aprender a trabajar. Como no aportan cualitativamente, la ley entiende que no hay relación laboral”, explicó.
Sin embargo, detalló que existe una bonificación a la que tienen derecho los practicantes preprofesionales o profesionales. “Como equivalente a la gratificación perciben media subvención económica mensual. Cada seis meses reciben, además de su subvención mensual, media adicional”, remarcó.
La media subvención mensual adicional no necesariamente será cobrada a mitad o a fin de año, pues esto dependerá de la fecha de ingreso del practicante a la empresa. A partir de su inicio, debe esperar 6 meses para obtener el pago.
En cuanto al sector público, los servidores públicos que trabajen bajo el régimen de Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y el DL N° 276 recibirán un aguinaldo de 300 soles.





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