La deforestación de 30 hectáreas de bosque primario en el Santuario Nacional Cordillera de Colán (Amazonas) no quedará impune. El perpetrado rde ese delito, Wilson Silva Requejo, fue sentenciado a cinco años de cárcel. ,Condenado a cinco años de cárcel y al pago de 48 000 soles de reparación civil a favor del Estado peruano. Esa es la condena que recibió Wilson Silva Requejo, al ser encontrado culpable de deforestar 30 hectáreas de bosque. Un atentado contra la naturaleza que, al menos por esta vez, no quedó impune, aunque el daño medioambiental ya está consumado. PUEDES VER: Mincetur recibió en Amazonas las 26 telecabinas del teleférico Kuélap Un juzgado de la Corte Superior de Justicia de Amazonas dictó la sentencia por el delito contra los bosques o formaciones boscosas. El entorno afectado por Silva Requejo fue el bosque primario del Santuario Nacional Cordillera Colán, informó el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp). El accionar delictivo del condenado, fue detectado por primera vez en 2007, durante el monitoreo realizado por los guardaparques del santuario. Ellos descubrieron dos hectáreas deforestadas en el sector Chaka, al sureste del área protegida. El terreno era utilizado con fines agrícolas por Silva Requejo. Al recibir de las notificaciones respecto a la prohibición de deforestar el bosque en un area natural protegida, el ahora sentenciado alegó que contaba con un certificado de posesión, otorgado en el 2000 por la comunidad campesina de Yambrasbamba. Esto generó el establecimiento de una mesa de diálogo para definir los límites del santuario. Con posterioridad, en el 2014, se efectuó una inspección en la zona con la participación de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Bagua. En el recorrido se constató la deforestación de 30 hectáreas de bosques primarios. Ante la evidencia, Silva Requejo fue denunciado ante el Ministerio Público, que procedió a la apertura de proceso penal que terminó con la sentencia condenatoria del acusado. El dato La tala de árboles al interior de un área natural protegida es una actividad ilegal tipificada como delito grave y los infractores podrían ser reprimidos a penas privativas de libertad de entre 5 a 8 años, según el Código Penal.