Sociedad

¡Podrían ser condenados por terrorismo! Personas que incendien instituciones del Estado en protestas

El proyecto de ley planteado por la congresista Patricia Chirinos busca poder procesar por el delito de terrorismo a quienes incendien entidades públicas durante manifestaciones. La legisladora comparó los hechos con los atentados provocados por Sendero Luminoso y el MRTA.

Esta medida se da en el marco de las manifestaciones que ocurren en todo el país. Foto: La República
Esta medida se da en el marco de las manifestaciones que ocurren en todo el país. Foto: La República

La legisladora Patricia Chirinos Venegas, de la bancada Avanza País, presentó, el último viernes 3 de febrero, la iniciativa n.° 4168/2022-CR denominada "Proyecto de ley que fortalece la lucha contra el terrorismo". Esta propuesta se da en el marco de las manifestaciones que se vienen dando en todo el país y que piden la salida de Dina Boluarte, así como el adelanto de elecciones.

Este proyecto de ley plantea modificar el Código Penal para que de esta manera las autoridades competentes puedan sancionar por el delito de terrorismo a las personas que durante las protestas incendien entidades públicas, como comisarias, sedes del Ministerio Público o Poder Judicial. Los que resulten culpables serán condenados con una pena privativa de no menor a 30 años de cárcel.

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Según el documento, esta medida modificaría el artículo 2 del Decreto Ley 25475. El exto modificado diría lo siguiente:

"Artículo 2.- Descripción técnica del delito. La persona o grupo de personas que crean, o mantengan en estado de zozobra, alarma o temor en la población o a un sector de ella, realizando actos contra la vida, el cuerpo, la salud, la libertad y seguridad personal o contra el patrimonio privado, destrucción de la propiedad privada y/o pública, bienes muebles y/o inmuebles, contra la seguridad de los edificios públicos y/o privados, carreteras, vías de transporte, medios de comunicación o transmisión de cualquier índole, torres de energía o transmisión, instalaciones motrices o cualquier otro bien o servicio, o contra las infraestructuras que generan desabastecimiento de recursos de primera necesidad empleando armamentos, materias o artefactos explosivos u otro medio capaz de causar estragos o grave perturbación de la tranquilidad pública; será considerado como un acto de terrorismo y será sancionado con pena privativa de no menor a 20 años de cárcel".

"El que durante manifestaciones, aprovechándose de este, ataque, destruya, desmantele, incendie, o atente contra comisarías, hospitales, dependencias policiales o militares, aeropuertos, puertos, campamentos gasíferos, campamentos mineros, hidroeléctricas, edificios de las diferentes instituciones públicas, empresas privadas y construcciones consideradas como patrimonio cultural de la nación. Así como también, el que o los que atenten contra la integridad física, libertad, cuerpo y salud, secuestre, golpee, o producto de estos hechos cause la muerte de servidores públicos, autoridades, agentes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Bomberos, con fines políticos; será considerado como un acto de terrorismo y será sancionado con pena privativa de no menor a 30 años de cárcel".

Asimismo, en el escrito se compara estos sucesos vandálicos que ocurrieron en el último mes con los atentados provocados por Sendero Luminoso y el MRTA con las tomas y destrucción de aeropuertos.

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