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Bono Escolaridad 2023: ¿las empresas privadas entregarán el subsidio de 400 soles?

Esta bonificación será depositada en enero o junio de este año. Conoce en esta nota si recibirás esta ayuda económica del Estado.

Foto: Andina
Foto: Andina

Bono Escolaridad 2023 | El gobierno del exmandatario Pedro Castillo confirmó el año pasado la entrega del Bono Escolaridad 2023. Este subsidio del Estado de S/400 busca ayudar a las familias peruanas a cubrir los gastos del año escolar. La norma fue oficializada mediante el Decreto Supremo 132-2022-EF, publicada en el diario El Peruano. Se anunció que la bonificación será incluida en los sueldos de enero o junio próximo; sin embargo, aún no se conocen las fechas exactas para el pago, ya que por el momento no hay un link o plataforma para realizar consultas.

En esta nota de La República sabrás si las empresas privadas entregarán este apoyo económico a sus trabajadores, cuál es el público objetivo y qué requisitos deberás cumplir para recibirla.

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Escolaridad 2023: ¿las empresas particulares entregarán el bono de 400 soles?

El Bono Escolaridad 2023 de S/400 será pagado por las instituciones estatales y privadas para solventar los gastos de los menores del hogar en edad escolar o para otros fines. Este beneficio lo recibirán los siguientes ciudadanos:

  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Ley 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
  • Personal de la salud considerado en el Decreto Legislativo 1153.

¿Qué requisitos debo cumplir para recibir la ayuda económica del Estado?

Para obtener el bono, deberás cumplir con solo dos requerimientos:

  • Tener un trabajo a la fecha de vigencia de la norma.
  • Contar en el servicio con una antigüedad mínima de tres meses a la vigencia de la norma.
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