Diresa Tumbes reporta 23 exhumaciones de cadáveres por COVID-19
Según el Decreto Supremo n.° 03-94-SA, que aprueba el reglamento de la Ley de cementerios y servicios funerarios, en el artículo 61, se establece que se requiere autorización sanitaria para proceder a la exhumación o traslado de un cadáver.
- Por primera vez este distrito en Lima tendrá una universidad nacional: contará con 30 carreras, entre ellas Medicina e Inteligencia Artificial
- Intervienen a adulto mayor por presunta invalidación de 93 cédulas de votación en colegio de Los Olivos

La Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (DESA) ha reportado 23 exhumaciones de cadáveres en la región Tumbes; además, hay 10 solicitudes que se encuentran pendientes de trámite. Estas fueron tramitadas por los familiares de las personas que fallecieron por la COVID-19 y fueron sepultados en diferentes campos santos.
La directora de la DESA, Kattia Pozada Limo, detalló que, para iniciar el proceso de exhumación, el cadáver debe haber cumplido un año de sepultado. “Luego de ello, los familiares recién pueden iniciar con los tramites y la cancelación de un importe económico a la Diresa. No es una obligación la realización de las exhumaciones, solo lo pueden hacer las personas que realmente lo deseen”, expresó.
TE RECOMENDAMOS
KEIKO PREPARA LA REMONTADA | LÓPEZ ALIAGA INSISTE EN FRAUDE Y LA BATALLA POR LAS ACTAS | ARDE TROYA
Según el Decreto Supremo n.° 03-94-SA, que aprueba el reglamento de la Ley de cementerios y servicios funerarios, en su artículo 61, se establece que se requiere la anuencia sanitaria de la autoridad de salud para proceder a la exhumación o traslado de un cadáver.
Pago
Como parte de las diligencias, se debe realizar un pago de S/ 235,21 a la Diresa para la autorización sanitaria, se debe presentar el certificado de defunción, copia del DNI del familiar directo que realiza la solicitud y una carta de autorización de recepción del cadáver del cementerio de destino.

































