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Sociedad

Domingo 16 de mayo: ¿qué restricciones aplicarán para Lima y Callao?

Ciudadanos podrán movilizarse a pie o en bicicleta, pero no en autos particulares. Unidades de transporte público y taxis sí estarán funcionando.

Repartidores de Rappi realizan delivery en diferentes zonas de Lima. (Foto: Aldair Jorge Mejia Lopez)
Repartidores de Rappi realizan delivery en diferentes zonas de Lima. (Foto: Aldair Jorge Mejia Lopez)

Hasta el 30 de mayo, Lima y Callao se encontrarán bajo la clasificación de riesgo muy alto por la COVID-19. Durante este lapso, quedarán de lado algunas de las restricciones que se aplicaron hasta el Día de la Madre, sobre todo para los domingos.

Estas son las medidas dispuestas por el gobierno para prevenir el contagio de coronavirus en las zonas señaladas, así como las que deben considerarse para los domingos 16, 23 y 30 de mayo.

Autos particulares no circularán

Durante los domingos señalados, la ciudadanía podrá circular por las calles a pie o en bicicleta, pero estará prohibido hacerlo en autos particulares. Solo funcionará el transporte público y los taxis para quienes presenten alguna emergencia o se desempeñen en trabajos esenciales.

Por otro lado, el transporte interprovincial terrestre podrá funcionar con un aforo del 50% al 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes.

Toque de queda

Debido a su condición como zonas con nivel de riesgo muy alto, el toque de queda en Lima y Callao comenzará a las 9.00 p. m. y culminará a las 4.00 a. m. del día siguiente. Esta restricción regirá de lunes a domingo.

Eventos masivos

Los eventos masivos también están prohibidos hasta el 30 de mayo. Entre este tipo de actividades se incluye a carnavales, fiestas costumbristas y el ingreso a playas, entre otros.

Mercados y centros comerciales

Los mercados, supermercados, centros comerciales y restaurantes funcionarán durante el día, bajo las siguientes restricciones para su aforo si funcionan en espacios cerrados.

  • Tiendas en general: centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados: 30%
  • Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias con aforo limitado: 50%
  • Restaurantes y afines en zonas internas: hasta 40%
  • Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 30%
  • Bancos y otras entidades financieras: 50%
  • Templos y lugares de culto: 30%
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas en espacios cerrados: 40%
  • Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 40%

Actividades en espacios abiertos

Las actividades en espacios abiertos no tienen restricción de aforo, pero sí cuentan con protocolos a respetar.

  • Artes escénicas en espacios abiertos
  • Enseñanza cultural en espacios abiertos
  • Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
  • Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos
  • Restaurantes y afines en zonas al aire libre

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