Sociedad

Policías deberán monitorear a mujeres que denuncian violencia durante cuarentena

Autoridades no pueden tardarse más de 24 horas para atenderlas. Se contabilizará el tiempo desde que el momento en que se ponga la queja.

Foto: Bigstock
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El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) emitió el Decreto Legislativo N°1470 que refuerza las medidas de atención de mujeres víctimas de violencia durante el estado de emergencia por el nuevo coronavirus.

En la norma se indica que la Policía Nacional deberá brindar a las víctimas un medio para que puedan comunicarse. También, tendrá que atenderlas rápidamente si alertan un ataque de su agresor. “La PNP ‘georreferencia’ la dirección del domicilio consignado en la medida de protección: proporciona un medio de comunicación directo para monitorear y atender de manera oportuna a la víctima”, se lee en el documento publicado este lunes 27 de abril.

Para cumplir esta medida, los policías podrán valerse del apoyo de los serenos del distrito, las organizaciones vecinales, juzgados de paz o autoridades comunales.

Además de ello, los efectivos y representantes del aparato judicial no deberán esperar más de 24 horas desde que la mujer denunció a su agresor para brindarle apoyo y dictar las medidas de protección.

Estas deben ser aplicadas de forma inmediata. Los jueces no deberán considerar si la denunciante sufre riesgo leve o severo de morir a manos de su atacante. “De igual forma, se procede con las medidas de protección dictadas antes de la declaración del estado de emergencia en los casos de riesgo severo”, se señala.

Para dictar las medidas ideales para cada caso, los juzgados deberán considerar la información que tengan a la mano. No es necesario que cuenten con una ficha de valoración de riesgo, la cual se elabora en las comisarías cuando una mujer denuncia violencia. Tampoco se va a requerir el informa psicológico ni “otro documento que por la inmediatez no sea posible obtener”.