Política

Juicio Keiko: Juzgado Penal Colegiado excluye a Arsenio Oré, Giulliana Loza y otros cuatro abogados

Keiko Fujimori, el partido político Fuerza Popular y la denominada cúpula de la organización ya no serán juzgados por obstrucción a la justicia. El fiscal José Domingo Pérez apela.

Tercer Juzgad Penal Colegiado excluye del juicio a Arsenio Oré Guardia y otros cinco abogados
Justicia TV

En cumplimiento de una sentencia de amparo del Tribunal Constitucional, el Tercer Juzgado Penal Nacional excluye del juicio del caso Cócteles a los abogados Arsenio Oré Guardia, Edward García Navarro, Luis Lazo Mendoza, Lorena Gamero Calero, Danae Calderón Castro y Giulliana Loza Ávalos, acusados del delito de obstrucción de la justicia.

Además, excluye a Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari Mendoza, Ana Herz Garfias, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper, Adriana Tarazona, Luis Alberto Mejía Lecca, Ytalo Pachas, Aurora Torrejón Riva, Walter Rengifo Saavedra y Fuerza Popular pero solo por delito de obstrucción a la justicia.

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Contra este segundo grupo, el juicio continuará por organización criminal, lavado de activos y falsa declaración con falsedad genérica. La pena de 30 años y 10 meses de prisión que el fiscal José Domingo Pérez solicitaba para Fujimori Higuchi y la denominada cúpula de la organización se reduce a 24 años y 4 meses, en caso al final del juicio son encontrados culpables.

Fiscal José Domingo Pérez pidió al tribunal que reconsidere su decisión

Fiscal José Domingo Pérez pidió al tribunal que reconsidere su decisión

El fiscal del Equipo Especial Lava Jato, José Domingo Pérez apeló la decisión, vía un recurso de reposición. El tribunal le concedió 15 minutos para que preparé su alegato, al igual que los abogados defensores. La audiencia pasó a receso.

Los abogados de Fujimori Higuchi, Fuerza Popular y de otros nueve acusados también apelaron, pues pedían que la sentencia del TC se extienda al delito de organización criminal.

La sentencia del TC

Fanny Uchuya, abogada de Adriana Tarazona Martínez, extesorera de Fuerza Popular.

Fanny Uchuya, abogada de Adriana Tarazona Martínez, extesorera de Fuerza Popular.

Por mayoría, el TC sentenció que el fiscal Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia pues resulta ser el principal testigo de ese hecho y eventualmente también la víctima. En consecuencia, señaló que se afectó el principio de objetividad fiscal y anuló todas las resoluciones y decisiones emitidas por dicho fiscal, desde el 7 de enero del 2018.

Al cumplir esa sentencia, el Tercer Juzgado Penal Colegiado, integrado por los jueces Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa declararon la nulidad del auto de citación a juicio pero solo en lo referente al delito de obstrucción a la justicia.

Por lo cual, a partir de la fecha los abogados Oré Guardia, García Navarro, Lazo Mendoza, Gamero Calero, Calderón Castro y Loza Ávalos, que solo estaban acusados del delito de obstrucción a la justicia, quedan fuera del proceso. De esta manera, la lista total de acusados se reduce a 33, conforme lo advertimos en La República.

Giulliana Loza, quién ejerce la defensa de Keiko Fujimori, continuará participando de las audiencias.

Alegatos del fiscal y los abogados defensores

El fiscal José Domingo Pérez pidió a la sala que reconsidere su decisión bajo el argumento que la sentencia del TC solo alcanza al abogado Arsenio Oré Guardia y ha nadie más. Subrayó que el tribunal no puede hacer extensiva la decisión a otros procesados, quienes en todo caso deben solicitarlo, en el mismo proceso constitucional.

Dicha posición fue compartida por la Procuraduría Pública, representada por la procuradora Ana María Vassallo Guerrero

Por su parte, los abogados Giulliana Loza, Gonzalo del Río, Humberto Abanto, Fanny Uchuya, Gersón Camarena, Cecilia Madrid, Madelaine Reyes, Jorge Jeri Jong pidieron que la decisión del Juzgado Penal Colegiado se corrija para incluir la acusación por organización criminal referida a obstrucción a la justicia.

Anotaron que el pronunciamiento del TC no se refiere a actos realizados por el abogado Arsenio Ore, sino a la falta de objetividad del fiscal Pérez para investigar el delito de obstrucción a la justicia, por lo que la nulidad también incluye los actos de investigación de organización criminal que, de acuerdo con la tesis fiscal, tenían el objetivo de perturbar la labor fiscal.

Incluso, algunos abogados, cuestionaron que el fiscal José Domingo Pérez continúe interviniendo en el debate de la aplicación de la sentencia del TC.

Luego de escuchar al fiscal, la procuradora y los abogados defensores, el Tercer Juzgado se ratificó en su decisión y anunció que las audiencias del juicio público continuarán el próximo lunes, 26 de agosto, a partir de las 9:00 de la mañana.

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