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Política

Odebrecht: acumulan investigaciones al exsecretario de la presidencia, Luis Nava Guibert

Sala de Apelaciones considera un error porocesal que la fiscalía realice dos investigaciones a Luis Nava Guibert y José Antonio Nava Mendiola por actos de lavado de activos que constituyen un solo hecho criminal

La fiscalía deberá realizar una sola investigación a Luis Nava Guibert por pagos de Odebrecht
La fiscalía deberá realizar una sola investigación a Luis Nava Guibert por pagos de Odebrecht

La Tercera Sala Penal Nacional de Apelaciones ordenó acumular en un solo expediente (carpeta fiscal) las investigaciones que se siguen al exsecretario de la presidencia, Luis José Nava Guibert y su hijo José Antonio Nava Mendiola, por delitos de colusión y lavado de activos, por los pagos que habrían recibido de Odebrecht por los contratos del Metro de Lima.

De acuerdo con la resolución judicial,  emitida por los jueces René Martínez Castro, Ramiro Salinas Siccha y Jhonny Contreras Cuzcano, la acumulación permitirá una indagación completa, célere, oportuna, eficaz y con menos gasto al Estado, que permita esclarecer los acuerdos ilícitos, la ruta de los sobornos y los beneficiarios de los US$ 24 millones que la constructora Odebrecht habría pagado durante el gobierno del extinto presidente Alan García por los contratos por los tramos 1 y 2 de la línea 1 del Metro de Lima.

José Antonio Nava Mendiola participa en diligencia judicial

José Antonio Nava Mendiola participa en diligencia judicial

Los jueces critican que el Equipo Especial del caso Lava Jato haya generado dos investigaciones a partir de la declaración que el exsuperintendente de Odebrecht, Jorge Simoes Barata brindó el 27 de abril de 2019, donde “establece un correlato que forma parte del entramado desde los sobornos hasta la forma de lavado”, lo que supones que estamos ante un solo evento o hecho criminal.

Economía procesal

Sin embargo, la fiscalía despedazó las declaraciones de Barata. Así, una parte lo utiliza en la carpeta fiscal 5-2017 para sustentar una investigación por delitos de colusión agravada y lavado de activos. En tanto, otros párrafos donde el colaborador eficaz habla de los codinomes “Bandido”, “Chalan” y Transportes Don Reyna sirven para sustentar la carpeta 7-2017 por delito de lavado de activos, con la agravante de organización criminal.

“Lo recomendable -dicen los jueces- es generar un solo proceso penal, pues los hechos narrados por el testigo se enmarcan en un gran hecho punible o criminal (...), en los cuales los recurrentes y otros investigados habrían tenido participación”.

Los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez durante los interrogatorios en Brasil

Los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez durante los interrogatorios en Brasil

“Generar dos procesos penales significa que aquella declaración debe ser compartida. Además, en la eventualidad que los dos casos lleguen a juicio oral, será necesario citar al testigo en dos oportunidades, corriendo el serio riesgo que en una segunda citación ya no vuelva para prestar su testimonio”, subrayan.

Igualmente, advierte que la existencia de dos investigaciones sobre el mismo hecho, que además están a cargo del mismo fiscal, genera que a un mismo investigado se le impongan dobles medidas coercitivas y se le cite en varias oportunidades para declarar sobre el mismo hecho, lo que también sucede con testigos y peritos, a la vez que se podría propiciar decisiones contradictorias.

La trama de los 24 millones

El tribunal precisa que en la carpeta fiscal 7-2017 se indica que Odebrecht entregó diversos extractos bancarios del Sector de Operaciones Estructuradas (Caja 2) y las sociedades off shore Klienfeld Services Limited, Ammarin Investment y Kuenfeld Service Umited donde se acredita la existencia de tres grupos de beneficiarios que corresponden 1) a las denominaciones “Apra” y “Laque”, 2) “Bandido” y 3) “Chalan”, quienes en el periodo del 14 de marzo del 2006 a 18 de octubre de 2010 tuvieron programaciones financieras por US$ 5 millones .

“La empresa Odebrecht en su calidad de colaboradora declara que la denominación Apra corresponde al partido Aprista Peruano, la denominación “Bandido” a José Antonio Nava Mendiola, la denominación “Chalan” a Luis Nava Guibert, la denominación “Laque” corresponde a Luis Alva Castro”, precisa el documento.

“Así se corrobora (...) que lo que Odebrecht destinó como sobornos, bajo el nombre de riesgos adicionales por el Proyecto de la Línea 1 del Metro de Lima ascendió al monto aproximado de 24 millones de dólares”. De ese dinero, 10 millones de dólares se habrían movido a través de la off shore Ammarin Investment INC, vía Kuenfeld Services Umite en la banca privada de Andorra, simulando un contrato de compraventa de terrenos con Miguel Atala Herrera, destinados a Luis Nava Guibert.

Los otros 14 millones de dólares se emplearon a los intermediarios a Luis José Nava, José Antonio Nava Mendiola, Miguel Atala y Samir Atala Nemi, quienes de forma personal o usando empresas vinculadas “recibieron dineros de Odebrecht”.

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Metro de Lima

Además, dicha carpeta fiscal describe que Luis José Nava Guibert aprovechando su condición de Secretario General de la Presidencia habría realizado diversos actos para favorecer a Odebrecht en las licitaciones públicas del 2009 para el tramo 1 de la Línea 1 del Metro de Lima, del 2011 para el tramo 2 de la misma obra y para asegurar la ejecución del tramo 2 y 3 de la carretera Interoceánica.

En la carpeta 5-2017 se investiga el delito de lavado de activos referidos a los movimientos del dinero, luego que estuvieron en manos de los intermediarios, en los que habrían intervenido las sociedades Transportes Don Reyna y el estudio de abogados Nava & Huesa Abogados Asociados. 

De lo cual se establece que, de acuerdo con el relato de la fiscalía, el dinero ilícito se generaría en los hechos descritos en la carpeta 7-2017, que luego son lavados en los hechos de la carpeta 5-2017 para, por último, regresar a la carpeta 7-2017 y ser distribuidos a sus beneficiarios finales.

A partir de esta visión conjunta de los hechos, los jueces de apelación concluyen que se trata de un solo hecho criminal que es factible investigar en un solo expediente por economía procesal. La investigación continuará en el Equipo Especial del caso Lava Jato y por parte judicial, en el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria. 

La fiscalía y la procuraduria ad hoc del caso Lava Jato se oponían a la acumulación de los expedientes al considerar que el delito de lavado de activos no es de proceso, por lo que cada modalidad- conversión, transferencia, tenencia y ocultamiento- constituye actos independientes, que se realizaron en circunstancias distintas, por lo que se deben investigar en carpetas distintas, que mantienen autonomia.

Por su parte, la procuraduria explicó que en la carpeta 7-2017 la investigación es sobre la licitación del Metro de Lima, en cuyo contexto se dieron actos de lavado de activos cometidos por Nava Guibert desde el 2006 al 2008 y por Nava Mendiola el 2010. En tanto, la carpeta 5-2017 se origina por un informe de la Unidad de Inteligencia Financiera por hechos que abarcan del 2007 al 2017.

En junio de 2022, el juez John Pillaca Valdez rechazó el pedido de los Nava al acoger la posición de la fiscalía y la procuraduria, para que ambas investigaciones se continuen realizando por separado, pero la Sala de Apelaciones revoca, ahora, esa decisión.