Política

Corte Suprema reconoce que Óscar Peña colabora con la justicia

Precedente. Pese a la oposición del Ministerio Público, Sala Penal de la Corte Suprema reconoce que el empresario pesquero ha entregado información sobre diversos delitos.

Libre. Empresario pesquero niega los cargos de corrupción que se le atribuyen en el sector pesquero. Foto: difusión
Libre. Empresario pesquero niega los cargos de corrupción que se le atribuyen en el sector pesquero. Foto: difusión

El empresario pesquero Óscar Peña Aparicio dejó la clandestinidad y volvió a casa, libre de órdenes de captura. Conocido como ‘El Rey de la Pesca Negra’, desapareció del radar público en enero del 2019 y, pese a que en su momento la policía ofreció hasta 50 mil soles por cualquier dato que permita su ubicación y captura, nunca lo encontraron.

Poco a poco sus abogados lograron darle vuelta a su crítica situación jurídica. Primero, con un hábeas corpus, lograron anular la condena de hasta 7 años de prisión que le impusieron en el Callao, en enero del 2019, por un presunto negociado en la venta del terreno del exfundo Oquendo.

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Más recientemente, en una resolución que genera un importante precedente jurídico, la Sala Penal de la Corte Suprema le anuló la orden de prisión que se le impuso en diciembre del 2020, por el caso de Los Cuellos Blancos del Puerto.

Los jueces supremos anularon la prisión preventiva, pese a la oposición de la Fiscalía, al reconocer que desde la clandestinidad Peña Aparicio estuvo entregando información que está ayudando a revelar actos de corrupción en el sistema judicial.

Es la primera vez que los jueces consideran que el acogimiento al procedimiento de colaboración eficaz -aunque no se le menciona expresamente en la resolución judicial- hace variar los motivos o el peligrosismo que justificó que se dicte la prisión preventiva.

Además, esta información no fue aportada al debate por la Fiscalía, sino por la defensa del empresario, a cargo del abogado Julio Espinoza Goyena.

La Fiscalía Suprema pretendía que la orden de prisión preventiva se mantuviera vigente hasta que la colaboración eficaz estuviera encausada. En otros casos, los jueces levantaban una orden de prisión preventiva de un aspirante a colaborador, solo cuando los fiscales lo pedían.

En el caso de Peña Aparicio, la Corte Suprema indica que es significativo que “aportó información que permitió acusar por varios hechos a varias personas por delitos de corrupción y conexos, en la que la Fiscalía pidió se le cite como testigo”.

Además, que ha permitido que se generen “otras investigaciones en por lo menos cinco casos derivados de presuntos delitos de función cometidos por altos funcionarios públicos”.

La resolución judicial reconoce los aportes hechos por el señor Peña Aparicio, aunque sin mencionar que se trate de un colaborador eficaz, al tratarse de un procesado reservado.

Al revocar la prisión preventiva, los jueces impusieron al mencionado empresario comparecencia restringida con la obligación de presentarse cada 30 días al Juzgado Supremo de Investigación, no ausentarse de Lima, impedimento de salida del país y el pago de una caución de 50 mil soles.

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Preocupación en la Fiscalía

La resolución de la Corte Suprema en el caso Peña Aparicio ha generado preocupación en la Fiscalía Anticorrupción, por la posibilidad de que otros aspirantes a colaboración eficaz busquen obtener beneficios judiciales, al margen de las negociaciones.

Para los fiscales del sistema anticorrupción, un aspirante a colaboración eficaz solo debería obtener beneficios, como levantar una orden de prisión preventiva, recién cuando el proceso de colaboración haya sido aprobado.

Casos

Otros procesados, como Zamir Villaverde, podría utilizar este precedente para obtener su libertad.

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